Un gimnasio se presentó en la justicia de la Ciudad contra el DNU 241/2021, que suspendió la actividad deportiva en lugares cerrados. Sin embargo, un Juzgado porteño se declaró incompetente para entender y remitió el caso a la justicia federal.
La judicialización de las restricciones impuestas por el DNU 241/2021 continúan. Una firma, dedica al rubro gimnasio, inició una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de que se declare la nulidad del artículo 5 del decreto y se le permita el normal funcionamiento de su establecimiento comercial, ajustado a los protocolos de seguridad e higiene pero sin condicionamientos vinculados al aforo.
La amparista explicó, que como consecuencia de la pandemia motivada por la propagación del COVID-19, se vio privado de ejercer su actividad durante muchos meses y que el nuevo DNU viola la autonomía de la Ciudad, como también “afecta en forma directa e inmediata diversos derechos contemplados en la Constitución Nacional y en distintos tratados internacionales, a saber, el derecho a la salud, a trabajar y a ejercer toda industria lícita, a transitar libremente y a disponer de la propiedad privada”.
Cabe recordar que el DNU dictado por el Poder Ejecutivo Nacional dispuso, entre otras cuestiones, la suspensión de todas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados situadas en el ámbito del Área Metropolitana de la Buenos Aires. El DNU vence este viernes y se esperan nuevas restricciones.
La causa recayó en el Juzgado N° 20 en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Cecilia Mólica Lourido, quien declaró la incompetencia de este Tribunal para entender en las actuaciones caratuladas "WOD SA contra GCBA sobre Amparo – Otros".
Cabe recordar que el DNU dictado por el Poder Ejecutivo Nacional dispuso, entre otras cuestiones, la suspensión de todas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados situadas en el ámbito del Área Metropolitana de la Buenos Aires. El DNU vence este viernes y se esperan nuevas restricciones.
“Esa circunstancia impondría necesariamente efectuar un análisis de normativa de índole federal, el cual resulta propio –como ya se dijo- de la competencia de la justicia federal”, sostuvo la jueza y advirtió: “Cuando la solución de la causa depende esencialmente de la aplicación e interpretación de normas de derecho federal debe tramitar ante la justicia federal, y dado que la competencia en razón de la materia es privativa, excluyente e improrrogable (…), no cabe más que concluir que el presente juicio resulta ajeno a la competencia de este tribunal”.
Y concluyó: “La parte actora ha puesto en tela de juicio la legitimidad del decreto de necesidad y urgencia 241/PEN/2021 emanado del Poder Ejecutivo Nacional; teniendo en consideración que cuando la solución de la causa depende esencialmente de la aplicación e interpretación de normas de derecho federal debe tramitar ante la justicia federal, y dado que la competencia en razón de la materia es privativa, excluyente e improrrogable, no cabe más que concluir que el presente juicio resulta ajeno a la competencia de este tribunal”.