La Suprema Corte bonaerense dispuso la creación del Consejo Participativo de Gestión Judicial. Funcionará como órgano de carácter consultivo en el ámbito del Tribunal y lo asesorará con las iniciativas de reforma de procesos y transformación digital
Con el objetivo de institucionalizar un espacio de diálogo con los usuarios y actores principales del sistema de justicia, la Suprema Corte bonaerense ordenó la creación del Consejo Participativo de Gestión Judicial. Lo hizo a través del Acuerdo Nº 4024, suscripto por los ministros Daniel Soria, Hilda Kogan, Luis Genoud y Sergio Torres.
El objetivo de esta "Comisión de Notables" será "asesorar al Tribunal en relación con los proyectos de normas generales de trascendencia funcional o institucional o con las iniciativas legislativas de esa índole, cuyo objeto tienda a la reforma de los procesos judiciales, de su desarrollo digital o de los aspectos relevantes de la actividad de los órganos jurisdiccionales y de los auxiliares de la justicia".
Para ello, "formulará recomendaciones sobre los temas objeto de la consulta teniendo en consideración los fines de eficacia, transparencia y accesibilidad de los procesos judiciales", especificaron los supremos.
"La Constante adecuación de procedimientos e instrumentos disponibles para el cumplimiento efectivo de la misión del Poder Judicial exige de una cierta articulación interinstitucional", señala el texto que crea el Consejo. La misma agrega que "cobra singular importancia el diálogo con los actores directamente relacionados con la administración de Justicia".
La Resolución destaca que la pandemia aceleró la necesidad de rediseñar rutinas y la utilización de nuevas herramientas tecnológicas y, para lograr dichos cambios, es necesario lograr una "articulación interinstitucional".
El Consejo Participativo de Gestión Judicial será coordinado por un representante de la Suprema Corte de Justicia, y estará integrado de manera permanente por representantes del Ministerio Público, el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Asociación Judicial Bonaerense.
La Resolución pondera que, conforme las características de los asuntos a tratar, los titulares de las Secretarias jurisdiccionales y de Personal, de la Dirección de Justicia de Paz Letrada, de la Suprema Corte de Justicia "y todo otro titular de órganos o dependencias judiciales, cuya participación sea necesaria para el abordaje de temas generales o puntuales", intervendrán en las deliberaciones y asistirán al Consejo.
Del mismo modo, para el tratamiento de asuntos puntuales el Consejo podrá ser integrado por personalidades del ámbito académico y representantes de organizaciones no gubernamentales "relacionadas con el quehacer judicial"
A su vez, el Consejo Participativo de Gestión Judicial podrá invitar a exponer sobre determinados proyectos a representantes del Poder Ejecutivo o de la Legislatura. Incluso, si fuere necesario para "la mejor consideración del asunto", se podrá requerir un dictamen jurídico a la Dirección de Servicios Legales de la SCBA.
Las disposiciones reglamentarias para "el adecuado funcionamiento" del Consejo serán dictadas por la presidencia de la Suprema Corte.