20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

El cliente nunca tiene la culpa

Un banco fue condenado por tratar de sospechoso a un cliente que denunció un faltante de dinero en su cuenta y lo acusó de no cuidar sus contraseñas. Ahora, deberán resarcirlo con una importante suma por la falta de un trato digno.

Un juzgado civil de Viedma, provincia de Río Negro, ordenó a un banco resarcir con $740.000 a un cliente que denunció el robo de dinero de su cuenta y fue tratado como sospechoso.

La causa se inició cuando el demandante detectó un importante faltante de dinero de su cuenta corriente, producto de una transferencia que él no había realizado, y se comunicó con el banco, donde lo acusaron de no cuidar sus contraseñas y de enviar la plata a una relación extramatrimonial.

La entidad sostuvo que "el cuidado de la información de claves o coordenadas es exclusivo del cliente, sino el banco interferiría en la intimidad y manejo de las cuentas”, y en el expediente explicó que alguien lo había engañado a través de un mail con un hipervínculo falso y concluyó que la responsabilidad era del usuario.
 

El fallo destacó que no se puede permitir que la entidad le haya atribuido el "ardid" a una manera de remitirle dinero a una persona con quien lo unía una relación extramatrimonial.

El juez rechazó los argumentos del banco y enmaró el caso como una relación de consumo, ya que “es innegable que el proveedor de bienes y servicios exhibe la fortaleza que le confiere su condición de experto y profesional en el negocio”.

"La conjetura transformada en sospecha por parte del representante del Banco en desmedro del cliente no solo no conjura la responsabilidad de la entidad bancaria como parte especialmente profesionalizada de la relación contractual sino que pone en crisis el trato digno que debe conferírsele por obligación legal dela LDC”, expresó el magistrado.

Por ese motivo, ordenó una indemnización “atento a la gravedad del incumplimiento del banco accionado, en tanto una vez detectado un movimiento inusual en su cuenta bancaria, no sólo no desplegó acciones dirigidas a investigar o reversionar la transacción, o en caso de que esto fuera imposible por la rápida extracción del dinero en la cuenta de destino, restituir los fondos a la cuenta del cliente, sino que constituyó a éste -quien claramente desconoce la operación ante la primera consulta- en el principal sospechoso, lo cual se traduce en el grave incumplimiento de una obligación legal - trato digno”.

 

 

 

 

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