24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Habeas corpus con fronteras

Luego de que la Cámara del Crimen ordenara tramitar el habeas corpus interpuesto por un grupo de argentinos varados en el exterior, el juez que previno se declaró incompetente y giró el expediente al fuero Contencioso Administrativo Federal.

En la causa “MASARIK, Cristian y otros”, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la sentencia de primera instancia y ordenó tramitar el habeas corpus interpuesto por un grupo de argentinos que no pueden regresar al país por las restricciones sanitarias decretadas en el último DNU del gobierno nacional.

La Sala VII, integrada por Mauro Divito y Juan Esteban Cicciaro consideró pertinente convocar a una audiencia, en el marco de la ley 23.098, donde el Estado Nacional deberá comparecer a través de sus representantes de la Jefatura de Gabinete, a cargo de Santiago Cafiero.

"Sin desconocer los problemas que la situación ha generado a quienes vieron postergado su retorno al país, entiendo que la medida cuestionada no aparece como aislada, sino que por el contrario debe ser considerada como razonable y proporcionada, dada la situación de crisis sanitaria que atraviesa el país y el mundo", expresaron los jueces.

En dicha audiencia, explicaron los camaristas, "habrán de ventilarse, además, las distintas situaciones particulares de los beneficiarios, lo que no ha sido objeto de puntual análisis en el auto examinado, pese a que algunos de éstos han invocado razones de urgencia vinculadas con su estado de salud”.

De esta manera, la Cámara revocó el rechazo al planteo para el regreso de los viajeros que había dispuesto en primera instancia el juez Martín Carlos Del Viso, en el marco de una petición de los diputados Waldo Wolff, Luis Petri, Fernando Iglesias, Álvaro de Lamadrid, Cristian Ritondo y Pablo Torello.

La causa se inició por las nuevas restricciones del gobierno, que fijó un cupo diario de 600 personas para ingreso al país, para frenar una nueva ola de contagios y la propagación de nuevas variantes. La medida generó la cancelación de vuelos y miles de argentinos se encuentran varados sin fecha confirmada de arribo al país.

Luego del fallo de la Cámara, el juez a cargo del Juzgado en lo Criminal y Correccional nº 28 ,Martín Del Viso, llevó adelante la audiencia en la que estuvieron presentes los letrados de Jefatura de Gabinete y la Dirección General de Migraciones, que plantearon la incompetencia del fuero para tramitar el pedido.

Tras compartir esos fundamentos junto con el fiscal Eduardo Rocchi, Del Viso se declaró incompetente: “Es el fuero Contencioso Administrativo Federal el competente en razón de la materia para dirimir la posible restricción a derechos y garantías deslizados en las cuestiones aquí introducidas", resumió.

 

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