20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Honorarios al estilo pampeano

Se aprobó en la provincia de La Pampa la nueva Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia. El texto instituye la Unidad de Honorarios, tanto en asuntos judiciales como extrajudiciales. 

La provincia de La Pampa tiene nueva ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia.

La iniciativa, impulsada por el Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa, fue aprobada por la Cámara de Diputados provincial y actualiza la legislación en materia arancelaria, tanto la regulación judicial de honorarios profesionales como su determinación en materia extrajudicial.

El texto instituye la Unidad de Honorarios (UHON) para la labor profesional, tanto en asuntos judiciales como extrajudiciales. Se destaca que la actividad profesional de los abogados y procuradores se presume de carácter oneroso -excepto en los casos en que conforme excepciones legales pudieren o debieren actuar gratuitamente-, y también se resalta su carácter alimentario.

 

El proyecto aprobado también prevé pautas regulatorias para tareas cumplidas por los profesionales fuera de procesos judiciales, incluyendo procedimientos administrativos y de mediación.

 

También se establecen parámetros específicos de regulación en algunos procesos especiales y se proyectan reglas que compatibilizan la libertad contractual de las partes con la protección de los honorarios y la defensa de los intereses de los justiciables no versados en la materia.

El proyecto aprobado también prevé pautas regulatorias para tareas cumplidas por los profesionales fuera de procesos judiciales, incluyendo procedimientos administrativos y de mediación. También, en forma subsidiaria, brinda pautas para los auxiliares de justicia en los casos que no cuenten con normativa arancelaria propia.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
El proceso se inició en 2012
A pagar (bien) los honorarios
Denuncian demoras de hasta 45 días
Una eternidad para cobrar honorarios
Rechazó queja de ANSES
Los honorarios no se tocan

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486