22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Nuevas necesidades

Funcionarios del gobierno nacional, de la empresa Trenes de Buenos Aires y la permisionaria local de la multinacional “Mc Donald´s” (Arcos Dorados S.A.), fueron denunciados a raíz de la instalación de un local de comida rápida en una estación ferroviaria donde había una “sala de señoras” y un baño.

 
En medio de crecientes cuestionamientos por el deterioro de las prestaciones ferroviarias por parte de las empresas privatizadas, funcionarios del gobierno Nacional, la firma Trenes TBA y de Mc Donald´s fueron denunciados por la posible comisión de delitos de acción pública, a raíz de la instalación de un local de comida rápida en donde antaño funcionaba una “sala de señoras” (con baño incluido) en la estación Belgrano “C” de la linea Mitre.

La denuncia fue formulada por el abogado Antonio Edgardo Liurgo y quedó radicada en el juzgado federal número 2 a cargo de Jorge Luis Ballestero.

En un escrito de nueve carillas, el denunciante advirtió que el hecho denunciado constituye “el colmo de la impunidad y desprecio por la salud, comodidad e higiene de los pasajeros, acometiendo “contra toda norma positiva, ya sea desde el reglamento general de Ferrocarriles, las normas de habilitación sujetas por jurisdicción al Gobierno de la Ciudad, el control de las Secretarías de Transporte y el propio pliego que se comprometieron a cumplir”, además de la violación de normas contempladas por el Código Penal de la Nación.

“Este devenido cuasi símbolo patriótico (Mc Donald´s) representativo de nuestrasrelaciones carnales con la instituida por nuestros dirigentes en madre patria, ha usurpado hoy el territorio nacional eligiendo como sede de su actividad el único baño de damas de la estación Belgrano”, sentenció.La denuncia apunta a establecer las presuntas responsabilidades del Ministro de la Producción, Anibal Fernández; el subsecretario de Transportes, Guillermo López del Punta; el titular de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte ferroviario, Alberto Treza y contra el directorio de la empresa Trenes de Buenos Aires S.A., así como también contra la conducción de la empresa Arcos Dorados S.A titular de la multinacional “Mc.Donald"s”.

“Es tan evidente la falta de control por parte de un estado ausente –aunque hoy parezca estar con la lupa controlando- que una empresa privada como Trenes de Buenos Aires se puede dar el lujo de transformar un sector de baños en un negocio en tierra usurpada a la Nación sin que ningún funcionario de la Comisión de regulación del Transporte en general ni el ente específico ferroviario verifique semejante barbarie”, expresó.

Asimismo, el abogado denunció que Mc Donald´s “factura en un domicilio distinto del lugar de expendio, lo cual resulta una franca violación a los artículos 43 y 44 de la ley 11.683 (ahora 24765), causal que habilita al ente recaudador a imponer clausura y multa”.

Al respecto, precisó que “como es lógico esta infracción es debido a que no pueden dar la dirección del baño de la estación para cumplir con las Resoluciones internas de la AFIP dictadas en función de precitada la ley”.

Por último, Liurgo reclamó la intervención de la justicia en lo Penal Económico, y solicitó la “inmediata clausura del local de comidas” en función del artículo 194 del Código Penal.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486