20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Advertencias a quienes no se quieran vacunar

Defensores, a sus puestos

La Defensoría General de la Nación dispuso hoy que los titulares de cada dependencia del organismo podrán convocar para trabajo presencial a los agentes que hayan recibido al menos una dosis de la vacuna y a quienes no integren grupos de riesgo.

Mediante una Resolución, la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez, dispuso que las y los titulares de cada dependencia del Ministerio Público de la Defensa podrán convocar a los agentes para retomar el trabajo presencial.

Según la disposición 993/2021, podrán ser convocadas las personas que "haya recibido, al menos, la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, transcurridos 14 días de la inoculación y que no integren los grupos de riesgo".

"Todas las personas que integran el MPD y en particular a los/as titulares de cada dependencia, deberán dar cumplimiento estricto a las normas sanitarias y de prevención ratificadas en las resoluciones DGN N° 418/20 y 570/20", se detalló.

Los titulares de cada dependencia determinarán la forma de trabajo (presencial o mixta) de acuerdo a la realidad epidemiológica de la jurisdicción, la situación edilicia de la dependencia y el esquema de vacunación del personal a su cargo.

Los mayores de 60 años y quienes sean pacientes de riesgo podrán ser convocados a trabajar de modo presencial una vez transcurridos 14 días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad. Por su parte, al momento de establecer el esquema de trabajo, deberán contemplarse las situaciones de las madres, padres, encargados o tutores de niñas y niños de hasta 13 años que asistan alternadamente a los establecimientos educativos.

"Quedan exceptuados de esta medida todos/as los/as magistrados/as y agentes con inmunodeficiencias; que sean pacientes oncológicos y/o trasplantados; que sean personas gestantes; y/o que acrediten no haber podido acceder al programa de vacunación -sea por prescripción médica o debido al cronograma de vacunación de su jurisdicción-, debiendo acompañar la constancia correspondiente en cada caso", aclararon.

Finalmente, "todos aquellos que tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe, comprometiéndose a realizar todos los actos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desarrollo de las tareas en las dependencias en las cuales prestan servicios".

 

 

 

 

 

 

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