20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Rio Negro

Mi cuerpo, mi decisión

La justicia admitió un amparo presentado por una mujer para no ser obligada a transitar un parto natural, ya que había decidido que su sexto hijo nacería por cesárea y que en la misma intervención quirúrgica se practicaría una ligadura de trompas.

El Juzgado Civil N° 3 de General Roca, provincia de Río Negro, hizo lugar al recurso interpuesto por una mujer porque el equipo médico que la atendía en el hospital de dicha ciudad se negaba a programarle una cesárea bajo el argumento de que esa operación sólo debe hacerse por “indicación médica” y que la mujer no presentaba “impedimento ni contraindicación de un parto eutócico”, es decir, un parto natural.

La demandante había decidido que su sexto hijo nacería por cesárea y que en la misma intervención quirúrgica se practicaría una ligadura de trompas. Lo llamativo es que el personal de salud que se negaba a realizar la cesárea en ningún momento presentó objeciones para practicarle la ligadura de trompas.

En la presentación detalló que es madre de cinco hijos y describió “las experiencias previas durante los partos y sus sufrimientos”, por eso pidió que “desde el Hospital respeten su voluntad”. Según indicó, en el centro médico le respondieron que “la forma de parir la determina el médico que la atenderá al momento del parto” y le negaron “la opción de firmar el consentimiento informado” para programar una cesárea.

El mismo día la jueza ordenó al hospital que respete la voluntad de la paciente. “La mujer pretende ejercer en forma efectiva su autodeterminación en la planificación familiar y de su propio cuerpo”, por lo que “corresponde sin más considerar su expresión de voluntad y proceder en consecuencia, sin injerencias indebidas del Estado en decisiones que hacen a su plan de vida y su propio cuerpo”, sostuvo.

“No corresponde dar trámite, generar un debate ni menos aún resulta ser necesaria la autorización de esta magistrada ni el dictado de orden judicial alguna para que la señora convalide ante profesionales de la medicina y/o autoridades del Hospital la decisión que ha tomado sobre su cuerpo, como paciente y mujer”, agregó.

Sin embargo, dos días después, la señora volvió al juzgado para informar una nueva negativa del nosocomio para la cesárea. Entonces la jueza pidió personalmente explicaciones al hospital y horas después recibió un informe del área de tocoginecología donde los profesiones explicaron los "riesgos" de la intervención. 

Ante tal respuesta, la jueza intimó al hospital “para que proceda en forma inmediata” bajo apercibimiento de aplicar una multa de 100.000 pesos diarios a favor de la señora, “ante el potencial perjuicio que le traería aparejado el mantenimiento de la postura por parte del Hospital”. 

Ordenó, además, “superar y remover todo estereotipo de género que pudiere existir y que implique indirectamente vulnerar el acceso de la señora a la práctica deseada, por cuanto no puede utilizarse el concepto de 'indicación médica' para decidir por y en nombre de la señora”, la cual, además es “es plenamente capaz y mayor de edad”.

 

 

 

 

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