22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024
Estaban en juego los derechos de libre circulación y residencia

Expulsión de extranjeros, tema supremo

La Cámara Federal de Bahía Blanca concedió un recurso extraordinario federal interpuesto por la DNM contra una resolución de primera instancia que anuló la orden de expulsión y retención de un migrante.

En autos “D.,   A.   c/   Ministerio   del   Interior   Obras   Públicas   y   Vivienda   s/ Recurso directo a juzgado”, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca resolvió conceder  ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación un recurso extraordinario federal deducido por la Migraciones, en el marco de un expediente donde se dispuso la expulsión de un migrante.

Según obra en el expediente, el   25/6/2021   la   Dirección   Nacional   de   Migraciones interpuso recurso extraordinario federal contra el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca que hizo lugar al recurs de ña defensoría oficial y revocó la resolución de primera instancia que confirmaba la orden de expulsión y retención del migrante.

El fallo también declaró la nulidad de la Disposición SDX N° 205151 y ordenó que retorne  a sede administrativa a fin de que la DNM emita un nuevo acto resultante de un reexamen integral del caso atendiendo a la normativa vigente y a las exigencias   del   debido   proceso,   el   que   fue   debidamente   sustanciado.

Migraciones argumentó que se estaba en presencia de cuestión   federal determinada por la necesidad de la interpretación y aplicación de normas de alcance federal para el ingreso, permanencia y egreso o expulsión de personas del país (Ley 25.871 y Decreto Nº 616/10).

En su presentación, señaló   que   la   sentencia   apelada   incurría   en   arbitrariedad derivada   del   apartamiento   del   marco   normativo   previsto   para   el   caso   y   de   la prescindencia de hechos conducentes para su solución, por lo que ella no constituía una   derivación   razonada   del   derecho   vigente   con   aplicación   a   las   circunstancias comprobadas en la causa.

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca decidió -con votos divididos- conceder  ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario federal. La mayoría, compuesta por Pablo E. Larriera y Silvia Mónica Fariña, sostuvo que ante la cuestión federal que se invoca, – vulneración de derechos y garantías constitucionales–, argumentando que se ha puesto en tela de juicio la inteligencia e interpretación de una norma federal –en este caso la ley de Migraciones Nº 25.871.

La Alzada entendió que en el caso "se encuentran en juego derechos de raigambre constitucional, como son el de la libre circulación y residencia, previstos por los arts. 14 y 20 de la CN, y 22 de la CADH, considera que ello suscita cuestión federal suficiente para conceder el recurso extraordinario interpuesto (art. 14 inc. 3, Ley 48)” afirmó.

La magistrada Silvia Mónica Fariña adhirió, en lo que es materia de disidencia entre sus colegas preopinantes -concesión del recurso extraordinario federal -al voto de Larriera, por compartir sus fundamentos, con lo cual el tribunal concedió el recurso extraordinario federal que se pretendía.

En disidencia, el juez Leandro Sergio Picado propuso rechazar el recurso, ya que “la descalificación por causa de arbitrariedad, de acuerdo a lo sostenido por la propia CSJN, sólo atiende a supuestos de excepción en los que las fallas de razonamiento lógico o una manifiesta carencia de fundamentación normativa impiden considerar el pronunciamiento atacado como un acto jurisdiccional válido –lo que no es el caso de autos–”.

También señaló que, en el caso, no se advierte la configuración de un supuesto de gravedad institucional, en tanto la recurrente no demostró que 4 lo decidido excediera del interés individual de las partes intervinientes y afectase de manera directa el de la comunidad, tal como exige la Corte Suprema de Justicia de la Nación


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