La justicia de Río Negro condenó a un banco por incumplir la orden judicial de no descontar un préstamo a un cliente que fue víctima de una estafa telefónica.
Un hombre de Villa Regina denunció penalmente que fue víctima de una estafa telefónica mediante la cual desconocidos accedieron a sus datos bancarios y tomaron un préstamo a su nombre por más de 130.000 pesos.
Para evitar que el banco le comience a descontar las cuotas, el damnificado inició también un proceso civil y la jueza del caso ordenó a la entidad crediticia, como medida cautelar, que “se abstenga de cobrar y/o debitar el préstamo” mientras avanzan la causa penal y el proceso civil principal, en el que se definirá el fondo del reclamo del cliente hacia el banco.
Cuatro meses después de dictada la medida cautelar, sorpresivamente el banco Patagonia le descontó dos cuotas del crédito en un mismo mes. Y dos meses más tarde, el descuento fue de cinco cuotas juntas en un solo día, que totalizaban casi 40.000 pesos.
Ante ello, el Juzgado Civil y Comercial de Villa Regina tomó cada débito realizado como un incumplimiento de la medida cautelar vigente y el afectado pidió que se le reintegre inmediatamente el dinero.
La titular del organismo, entonces intimó, al banco a devolver lo descontado bajo apercibimiento de cobrar a la entidad 3.000 pesos de astreintes por cada día de demora injustificada en el cumplimiento de la restitución. Como la entidad no cumplió, la magistrada dictó una nueva medida donde lempuso una multa de 66.000 pesos a favor del cliente, además de la prohibición de efectuar nuevos descuentos mientras esté vigente la cautelar y la orden de devolver todo lo debitado.
“Del análisis de las actuaciones queda de manifiesto la conducta adoptada por la entidad bancaria, la cual en desmedro de la medida cautelar ordenada en autos, persiste con reiterados incumplimientos, deduciendo de la cuenta del actor los fondos y desconociendo la medida de no innovar ordenada”, sostuvo la jueza en su última resolución.