25 de Septiembre de 2024
7057 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/09/2024
Condena penal por 'fake news'

Cuidado con lo que tuiteas

La Justicia española condenó a un periodista por acusar a la policía en Twitter de asesinar a un mantero. El fallo consideró que se trataron de injurias graves y que lo expresado en el tuit no era una opinión.

El Juzgado de lo Penal nº 20 de Madrid condenó a un periodista autor responsable de un delito de injurias graves a la Policía Municipal a una pena de catorce meses de multa por los mensajes publicados en la red social twitter, los días 15 y 16 de marzo de 2018, tras el fallecimiento de un mantero. 

De este modo se lo consideró responsable del delito de injurias graves argumentando que lo expresado en el tuit no es una opinión, como sostenía la defensa, sino un “hecho, al informarse, supuestamente, de un asesinato y de su autoría”.

En el caso se tuvo en cuenta que su perfil en la red social tenia, un mes después de los hechos, 56.800 seguidores, “siendo perfectamente conocedor de las exigencias de veracidad de la información”, según manifestó el juez. Esta resolución aún no es firme y puede ser recurrida en apelación.

 

“La información no es veraz y se expresa con temerario desprecio hacia la verdad, lo que pone de manifiesto su gravedad”, sostuvo y añadió: “El propio contenido de las expresiones y la ausencia de cualquier actividad para verificar la información que se facilita, revela un ánimo de injuriar a la Policía que prevalece sobre el de criticar o denunciar la situación de los manteros”. 

 

El magistrado estimó que las alusiones a la comisión de un asesinato por parte de la policía son "objetivamente injuriosas o vejatorias, incluso calumniosa de identificarse un autor concreto, a salvo de que tal información resulte veraz”, lo que no sucedió en el caso.

“La información no es veraz y se expresa con temerario desprecio hacia la verdad, lo que pone de manifiesto su gravedad”, sostuvo y añadió: “El propio contenido de las expresiones y la ausencia de cualquier actividad para verificar la información que se facilita, revela un ánimo de injuriar a la Policía que prevalece sobre el de criticar o denunciar la situación de los manteros”. 

El magistrado afirmó que se trataron de comentarios “temerarios como la alusión a la que se ha cometido un asesinato”, y que “los mensajes vertidos no encuentran amparo en el ejercicio de la libertad de expresión. Se ha producido un exceso en dicho ejercicio, en cuanto se atenta contra la dignidad, crédito, fama o prestigio de la Policía Municipal de Madrid, a la que se alude en general, pero con referencias específicas a los agentes que hipotéticamente pudieron perseguir al acusado, considerándola autora de un asesinato”. 

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Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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