El gobierno aprobó el “Protocolo Marco para el Abordaje de las Violencias por Motivos de Género en el Sector Público Nacional”, con el objetivo de garantizar espacios de trabajo libres de violencia.
A través de la publicación en el Boletín Oficial, el gobierno oficializó el "Protocolo Marco para el abordaje de las violencias por motivos de género", que promueve y garantiza relaciones laborales libres de violencias y discriminaciones por motivos de género en el ámbito del Estado nacional.
El Protocolo se deberá adoptar a través de los mecanismos de negociación colectiva vigentes en cada ámbito y será de aplicación para todas las personas que estén vinculadas laboralmente.
El Protocolo promueve acciones de prevención, orientación, asesoramiento y abordaje para el personal que se desempeña en el ámbito del Sector Público Nacional, propiciando la tramitación de actuaciones administrativas en los casos que corresponda.
El Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad capacitará a los equipos de orientación, establecerá los lineamientos generales en materia de asistencia a personas en situación de violencia por motivos de género y ofrecerá herramientas y materiales de formación para los equipos que brindarán orientación y asesoramiento, así como la atención de las consultas y derivaciones relativas a las situaciones abordadas por el Protocolo.
Se consideran hechos de violencia y acoso por motivos de género en el ámbito laboral a "toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, por cualquier medio, tanto en el ámbito público como en el privado –dentro de las relaciones laborales-, basada en una relación desigual de poder, afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así, la seguridad personal y/o carrera laboral de mujeres y LGTBI+".
Según se especifica en la norma, en los organismos y/o jurisdicciones en los que se cuenta con un protocolo aprobado, como es el caso del personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo General (CCTG), homologado por Decreto N° 214/06, se propone que sea adaptado a las previsiones establecidas en el presente Protocolo.
Además, se precisa que las situaciones de violencia laboral por motivos de género que dan lugar al reconocimiento
de los derechos antes mencionados se podrán acreditar mediante cualquiera de las siguientes maneras: - Informe de intervención al que refiere el artículo 7 inc. A);- Informe de servicios sociales;- Informe de organismos especializados; - Orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la persona afectada;- Denuncia ante sede judicial o policial".
El mismo "resultará de aplicación para todas las personas que están vinculadas laboralmente al Sector Público Nacional, con independencia de su situación de revista, cargo, función, modalidad de contratación o antigüedad".
Por otro lado, las personas que están vinculadas laboralmente al Sector Público Nacional y que se encuentren atravesando una situación de violencia por motivos de género por fuera del ámbito laboral, contarán con el acompañamiento del organismo en el que trabajen.