Un fallo penal confirmó el procesamiento de un hombre que se hizo pasar por un familiar y convenció a su víctima de que debía retirar los dólares que tenía en el banco para cambiarlos por otros billetes de diferente numeración.
En la causa “C. N. I. s/asociación ilícita y otros”, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional dejó firme el procesamiento de un hombre por el delito de estafa reiterada en ocho ocasiones, siete de ellas en grado de tentativa y una consumada.
Los miembros del Tribunal, Ricardo Matías Pinto y Rodolfo Pociello Argerich, coincidieron en que las pruebas colectadas e indicios existentes que lucen razonables y suficientes para tener por acreditada la participación del imputado.
Sobre el hecho consumado, la damnificada declaró que recibió un llamado telefónico en donde su interlocutor se hizo pasar por un familiar y la convenció de que debía retirar los dólares que tenía en el banco para cambiarlos por otros billetes de diferente numeración, presentándose más tarde en su domicilio un supuesto contador en un vehículo con un chofer que la acompañó a retirar el dinero.
La Cámara sostuvo que la idéntica modalidad delictiva entre los ocho hechos de estafa, la inmediatez en el tiempo en el que sucedieron y la circunstancia de que todas las llamadas salieron del mismo abonado, lo que "convence al tribunal, al menos en esta instancia del proceso, de la participación de Costich en todos ellos".
El imputado fue quién facilitó el rodado que la trasladó a la mujer a la entidad bancaria, y las restantes maniobras cuyas llamadas telefónicas fueron realizadas desde el mismo abonado quedaron en grado de tentativa debido a que las víctimas, al darse cuenta de que estaban siendo objetos de una estafa, cortaron la comunicación.
Los jueces explicaron que, a partir de la comprobación de los hechos de estafa mencionados y del análisis de las constancias obtenidas de la profusa investigación llevada a cabo en la primera instancia, "se exhibe la existencia de una asociación integrada por personas, conectadas por vínculos familiares o de afinidad, pertenecientes a una misma comunidad con cierto grado de cohesión entre ellos, quienes presumiblemente actuaban conforme una planificación y acuerdo previo en la realización de sucesos delictivos contra la propiedad".
Por lo tanto, "la hipótesis que contiene el auto de mérito resulta razonable y los elementos colectados tienden a reforzar la idea de que nos encontramos ante una confabulación de individuos de carácter estable que traspasa los límites de la simple participación criminal", sentenciaron.