Por medio de la Resolución SPL Nº 28/21, la Suprema Corte de Justicia estableció que a partir del 20 de septiembre del corriente año todos los organismos jurisdiccionales de la Administración de Justicia, así como los órganos de gobierno de la propia Corte y los Registros Públicos, deberán librar indefectiblemente los oficios en formato digital a la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos del Organismo de la Niñez y Adolescencia, a través del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas.