20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Desestimación de planteo de inconstitucionalidad

Aval judicial a la extracción de muestras

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó un recurso contra una condena por abuso sexual simple, en la que se dispuso la extracción de muestras biológicas. El tribunal recordó que el uso de las mismas sólo se hará efectivo si el condenado o sus familiares pudieran verse envueltos en casos de abuso sexual.

En autos “C., J. C. s/abuso sexual”, la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional resolvió declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa, confirmando la sentencia de grado.

La resolución de primera instancia había condenado a la pena de dos años y nueve meses de prisión de ejecución condicional, por el delito de abuso sexual simple, reiterado en seis ocasiones, y dispuso la extracción de sus muestras biológicas.

Contra esta última decisión, la defensa interpuso recurso de casación, el que fue denegado por el juez de grado y motivó que ella presentara recurso de queja, que tuvo acogida favorable por parte de la Sala de Turno de la Cámara.

Luego se presentó la Defensora Pública Oficial cuestionando la constitucionalidad de los artículos 2, 3, 4, 5, 7 y 10 de la ley 26.879, por comprometer el derecho a la vida privada y los principios de derecho penal de acto, culpabilidad, fin resocializador de la pena, igualdad ante la ley, dignidad de las personas, intrascendencia de la pena, seguridad jurídica y plazo razonable.

 

“Al igual que otros registros oficiales, como el de sus huellas dactilares o el de sus fotografías en documentos de identidad, podrán ser utilizados en caso de resultar ello pertinente y útil para la investigación de un hipotético hecho ilícito futuro”

Al respecto, aclaró que, a su ver, esta es la primera oportunidad para formular un planteo de esas características porque no se le dio participación previa a la defensa en la decisión judicial impugnada. En tal sentido, citó los precedentes “Rejala Rivas” (Reg. nº 809/16, rta. 13.10.16) y “Barragan” (Reg. nº 157/15, rta. 15.6.15) por las que los jueces Jantus y Magariños respectivamente se expidieron favorablemente con relación a las declaraciones de inconstitucionalidad de oficio.

A su vez, alegó que lo decidido por el juez de grado había violado el principio acusatorio porque la extracción de muestras biológicas no había sido pactada entre el Fiscal y el imputado en el acuerdo respectivo. Por ende, entendió que no podía ser impuesta de oficio por el juez como ocurrió en autos porque se comprometió la imparcialidad del juzgador.

Elevada la causa, los jueces que componen la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional resolvieron declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa, confirmando la sentencia de grado.

Los magistrados Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite entendieron que “la recurrente no se ha hecho cargo, ni aun mínimamente, de que el empleo de la información genética registrada del imputado, al igual que la de sus parientes consanguíneos, sólo se hará efectivo en el eventual supuesto de que aquel o éstos últimos pudiesen verse involucrado en delitos contra la integridad sexual”.

“Al igual que otros registros oficiales, como el de sus huellas dactilares o el de sus fotografías en documentos de identidad, podrán ser utilizados en caso de resultar ello pertinente y útil para la investigación de un hipotético hecho ilícito futuro” concluyeron.

 

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