La Cámara Contencioso Administrativo Federal resolvió que se brinde información detallada sobre las obras de las represas hidroeléctricas Cóndor Cliff- La Barrancosa, pero no se impidió que se siga adelante con la construcción.
La Cámara Contencioso Administrativo Federal dispuso, por mayoría, que se brinde información detallada a organización ambientalista sobre las obras de las represas hidroeléctricas Cóndor Cliff-La Barrancosa, en la provincia de Santa Cruz, pero no se impidió que se siga adelante con la construcción.
Se trata de una causa donde se cuestionan las represas Cóndor Cliff y La Barrancosa, en el marco de los autos “Fundación Banco de Bosques para e Manejo Sustentable de los Recursos Naturales Demandado: en - PEN – M. Planificación Federal, Inversión P. y S. y Otros S/Inc de Medida Cautelar”.
En concreto, se solicitó el dictado de una medida cautelar “a fin de que se detengan las obras” hasta que “se implemente el Observatorio Ambiental web y se publique el Estudio de Impacto Ambiental, la Evaluación de Impacto Ambiental y se convoque a una nueva audiencia pública para debatir los riesgos socio-ambientales del rediseño y la reubicación de las estructuras de hormigón en el desvío del río, y el vertedero de Cóndor Cliff y/o hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva el recurso extraordinario”.
La jueza de primera instancia desestimó la medida cautelar. Luego, la Sala I requirió a la UTE- conformada por las firmas China Gezhouba Group Company Limited – Electroingeniería SA e Hidrocuyo SA- que informe sobre el estado actual del requerimiento formulado al “panel de expertos internacionales” en lo referente a la “solución de ingeniería” encomendada para la reubicación de las estructuras de hormigón para el desvío del río Santa Cruz y el vertedero de la Represa Cóndor Cliff y que acompañe copia digital de los dictámenes o peritajes producidos en ese sentido.
También se deberá informar sobre los organismos especializados o entidades que “eventualmente hayan participado y/o dictaminado en el asunto, si se han autorizado nuevos movimientos de suelo u otras obras adiciones en la Represa Cóndor Cliff y si se ha dictado decisión en lo relativo a la reubicación mencionada, acompañando copia digital de los dictámenes, informes y actos que se hayan elaborado y/o dictado”.
Por mayoría, los jueces también solicitaron al Estado Nacional que informe el estado actual de avance de las obras correspondientes a los aprovechamientos hidroeléctricos del Río Santa Cruz, en particular, en la Represa Cóndor Cliff, como así también otros detalles evaluativos.
También se deberá informar sobre los organismos especializados o entidades que “eventualmente hayan participado y/o dictaminado en el asunto, si se han autorizado nuevos movimientos de suelo u otras obras adiciones en la Represa Cóndor Cliff y si se ha dictado decisión en lo relativo a la reubicación mencionada, acompañando copia digital de los dictámenes, informes y actos que se hayan elaborado y/o dictado”.