28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Eran sólo imitaciones

Tras varios años de investigación, la Cámara Federal de Córdoba le restituyó a un coleccionista y expositor de arte un total de 55 objetos no arqueológicos por tratarse de réplicas de originales de Costa Rica.

La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba resolvió, por mayoría, restituirle a un coleccionista un total de 55 objetos no arqueológicos por tratarse de réplicas de originales de Costa Rica.

La causa se inició en 2017 a raíz de una denuncia efectuada por la Asociación de Descendientes Indígenas ante la División de Delitos Culturales dependiente de la Dirección de Investigaciones Criminales de la Policía de la Provincia de Córdoba, la que da cuenta que el coleccionista junto a sus hijos presuntamente serían poseedores ilegítimos de piezas arqueológicas y de gran importancia histórica.

En los allanamientos se encontraron 55 piezas de las cuales cuarenta 40 serían objetos cerámicos y quince 15 de jade procedentes de Costa Rica e inscriptos ante el Registro Nacional de Yacimientos, Colecciones y objetos Arqueológicos del Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano.

El camarista federal Ignacio María Vélez Funes analizó la normativa vigente y recordó la Ley 19.943 que ratifica la Convención de la UNESCO en relación a las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedades ilícitas de bienes culturales.

 

Tras más de cinco años de investigación, los informes técnicos determinaron que la colección arqueológica precolombina de cerámica y colgantes de jade de Costa Rica “es falsa”. De este modo, el juez Vélez Funes entendió que “estos objetos no forman parte del acervo cultural de la Nación, ni se hallan protegidos por la legislación”.

 

También destacó la Ley 21.836 que ratifica la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural y la Ley 25.257 que ratifica la Convención de Unidroit sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente.

A esta normativa se suma la Ley 25.478 que ratifica el segundo Protocolo de la Convención de La Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y finalmente la Ley 25.568 que ratifica la denominada Convención de San Salvador sobre defensa del Patrimonio Arqueológico, Histórico y Artístico de las Naciones Americanas.

Tras más de cinco años de investigación, los informes técnicos determinaron que la colección arqueológica precolombina de cerámica y colgantes de jade de Costa Rica “es falsa”. De este modo, el juez Vélez Funes entendió que “estos objetos no forman parte del acervo cultural de la Nación, ni se hallan protegidos por la legislación”.

“Además, al ser réplicas, es decir, imitaciones de originales de elementos arqueológicos de origen extranjero, carecen de valor cultural, por lo que su reintegro resulta procedente”, dijo el voto al cual adhirió Eduardo Avalos.



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