En la causa "J., J. D. y otro s/extorsión", la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional hizo lugar al recurso interpuesto por dos letrados contra la sentencia que negó su designación como abogados defensores del imputado porque no se encuentra a derecho.
Los jueces Mariano Scotto y Rodolfo Pociello Argerich concedieron el recurso y sostuvieron que "surge de las constancias de la causa que la vía recursiva fue deducida en tiempo oportuno y con interés para recurrir" y se deben "aceptar las razones suministradas por quien intenta ejercer la defensa del causante en orden a la admisibilidad del recurso".
"La consecuencia de denegar la vía casatoria importaría restringir la revisión de aquellos asuntos de naturaleza federal involucrados, en el caso, el derecho de defensa en juicio, amparado por la Carta Magna", enfatizaron los magistrados en el fallo.
"La intervención de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional no se encuentra obstaculizada por la circunstancia de que el auto impugnado no estaría comprendido en las previsiones del artículo 457 del Código Procesal Penal", explicaron al respecto.
"Siempre que en casos como el aquí contemplado, donde se discute la denegatoria a la designación del letrado como defensor del imputado, porque éste último no se encuentra a derecho se suscita una cuestión de naturaleza federal suficiente para que el Tribunal ad quem tome conocimiento de los planteamientos casatorios", remarcaron los camaristas.
"La consecuencia de denegar la vía casatoria importaría restringir la revisión de aquellos asuntos de naturaleza federal involucrados, en el caso, el derecho de defensa en juicio, amparado por la Carta Magna", enfatizaron los magistrados en el fallo.