Finalmente, la Corte aclaró que el ministro ya asumió la presidencia del Consejo de la Magistratura. En las próximas horas se avanzará con la jura de los nuevos integrantes, para evitar la paralización del órgano. Los detalles de una mañana agitada en los pasillos del Palacio de Justicia.
A partir de hoy el ministro Horacio Rosatti presidirá el Consejo de la Magistratura de la Nación. Así lo dispuso el propio Rosatti, junto a sus colegas Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz. El juez Ricardo Lorenzetti no firmó la decisión.
De este modo, el Máximo Tribunal despejó las dudas sobre la titularidad del órgano encargado de la selección y sanción de jueces nacionales y federales. Además estableció que los “nuevos representantes que hayan sido elegidos o designados por sus respectivos estamentos asumirán sus cargos previo juramento de ley, el quorum será de 12 miembros y las comisiones deberán ser conformadas según lo establecido en el artículo 12 de la Ley 24.937”.
Cabe recordar que el Máximo Tribunal le ordenó al Congreso que sancione una nueva normativa tras declarar la inconstitucionalidad de la actual integración. En caso contrario, según la sentencia, se reponía la vigencia de la antigua ley 24.937, sancionada en 1997, que establece una conformación de 20 miembros y que, además, le otorga la presidencia del órgano al presidente de la Corte.
En estas últimas semanas, el Consejo inició los procesos electivos para completar la integración, tal como dispuso la Corte. Tanto el estamento de los magistrados y abogados ya eligieron a sus representantes. Sin embargo, la situación es más compleja en relación a los consejeros del estamento político, ya que no existe consenso entre el oficialismo y la oposición de ambas Cámaras. Como si fuera poco, el Juzgado Federal N°2 de Paraná ordenó, a través de una precautelar, que el Congreso se abstenga de nombrar los nuevos representantes.
El Senado, por su parte, le dio media sanción –con modificaciones- al proyecto impulsado por el Ejecutivo, el cual eleva la integración de 13 a 17 consejeros. El texto aún debe pasar por Diputados, lo que se podría demorar por la falta de consenso.
En este escenario, el Consejo no logró la integración ni el Congreso aprobó la nueva normativa antes del plazo límite fijado por Corte. A media mañana, el Alto Tribunal solicitó la remisión de la causa "Colegio de Abogados" al Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3, a cargo del juez Santiago Carrillo, quien giró inmediatamente el expediente. Se trata del primer expediente en el que se resolvió la inconstitucionalidad.
También reclamó al juez de Paraná la causa que frenó el nombramiento de los representantes del Congreso. Los supremos le dieron un plazo de “tres horas” para remitir el expediente. Para añadir más desconcierto a la situación, el sistema Lex 100 sufrió una falla y el sistema se interrumpió.
Mientras todo esto sucedía, la nueva consejera Jimena de la Torre le pidió a Rosatti que “arbitre los medios necesarios para jurar y asumir en el cargo” en representación del estamento de la matrícula.
Vencido el plazo fijado sin que el Congreso de la Nación haya sancionado una nueva ley, corresponde que el órgano continúe funcionando de manera inmediata y de pleno derecho según las pautas fijadas por esta Corte en la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada
Más tarde el Consejo Universitario Nacional decidió que Pamela Tolosa, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Sur, de Bahía Blanca, sea la representante del ámbito académico y científico en el "viejo nuevo" Consejo de la Magistratura.
La letra chica
Tras varias horas de suspenso y desconcierto, el Máximo Tribunal puso fin a la polémica: “El Consejo de la Magistratura de la Nación deberá continuar funcionando de manera inmediata y de pleno derecho, de modo que será presidido por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los nuevos representantes que hayan sido elegidos o designados por sus respectivos estamentos asumirán sus cargos previo juramento de ley”.
“El pasado 15 de abril operó el vencimiento del referido plazo de 120 días, sin que hasta el momento el Congreso de la Nación haya sanción”, sostuvo el Máximo Tribunal mediante un resolutorio de ejecución de sentencia.
Y añadió: “Vencido el plazo fijado sin que el Congreso de la Nación haya sancionado una nueva ley, corresponde que el órgano continúe funcionando de manera inmediata y de pleno derecho según las pautas fijadas por esta Corte en la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada”.
También hizo una aclaración en relación a su propia sentencia, la cual sostiene que los nuevos miembros del Consejo iniciarían su mandato “de manera conjunta y simultánea”. “La asunción conjunta y simultánea de todos los nuevos miembros estaba prevista para la hipótesis de que la designación de tales consejeros ocurriese de manera escalonada antes del vencimiento del plazo señalado o de la sanción de una nueva ley, y operaba como un reaseguro para evitar que alguno o algunos de ellos se incorporaran al cuerpo antes que otros y, de ese modo, se pudiese generar —eventualmente y en ese ínterin— un nuevo desequilibrio en su composición”, advirtieron.
Para los ministros, al vencer el plazo “resultaría inadmisible que la demora o el incumplimiento de ese deber legal por parte de alguno de los estamentos –cualquiera fuera el motivo– pudiera retrasar, frustrar o paralizar el funcionamiento de un órgano de rango constitucional”, en clara alusión a la falta de designación de los representantes del estamento político.