Se firmó un acuerdo de solución amistosa entre la DGN y la República Argentina por el caso de un hombre que atravesó un proceso penal donde no se tuvo en cuenta su situación de discapacidad intelectual. Los detalles del caso.
La Defensoría General de la Nación y la Argentina firmaron un acuerdo de solución amistoda, en el marco de un caso que tramita ante el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas (ONU).
El objetivo es reparar lo vivido por un hombre que atravesó un proceso penal en el que no se contempló adecuadamente su situación de discapacidad intelectual y por el que estuvo detenido en el ámbito penitenciario cerca de 17 meses hasta que se decretó su absolución.
La víctima es un jornalero analfabeto, nacido en Tarija, Bolivia que se desempeñaba como "bagayero"; es decir, se ganaba la vida cruzando en una "chalana" (bote) el río Bermejo para trasladar bultos a cambio de un pago “a voluntad”. En ese contexto informal y precarizado, el 1 de marzo de 2019, fue "contratado" para cargar un bulto a fin de transportarlo desde Bermejo hacia la localidad de Aguas Blancas.
En el acuerdo de solución amistosa suscripto con motivo de esa denuncia se establecieron diferentes medidas de reparación, entre ellas: el reconocimiento de responsabilidad internacional por parte del Estado y el compromiso de darle publicidad al acuerdo; una reparación pecuniaria, a fijarse por la vía de un tribunal arbitral y medidas de no repetición.
Un control de Gendarmería lo paró y, entre las distintas cajas y bolsas de mercaderías de bazar, encontró una caja cerrada con cinco kilos de cocaína. Aunque siempre argumentó que no conocía el contenido de la carga y señaló a las personas que se la habían dado, una de las cuales estaba en ese momento con él, el hombre fue detenido, acusado, indagado, procesado en el Juzgado Federal de Orán y enviado a prisión preventiva en el Complejo Penitenciario Federal de General Güemes.
Durante todo el tiempo que estuvo detenido no recibió apoyos o ajustes razonables en la cárcel y en el proceso judicial, pese a que su situación de discapacidad los exigía.
En el acuerdo de solución amistosa suscripto con motivo de esa denuncia se establecieron diferentes medidas de reparación, entre ellas: el reconocimiento de responsabilidad internacional por parte del Estado y el compromiso de darle publicidad al acuerdo; una reparación pecuniaria, a fijarse por la vía de un tribunal arbitral y medidas de no repetición.
Las mismas incluyen la implementación en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal de un cuestionario para identificar posibles limitaciones o dificultades de carácter intelectual, la elaboración de un protocolo de actuación para personas privadas de libertad con discapacidad intelectual en el ámbito federal y capacitaciones para sus agentes.
Además, se estableció que el Estado implementará “programas de capacitación permanentes y regulares destinados a magistrados/as y operadores/as jurídicos con competencia penal relativos a (i) los estándares internacionales de protección de derechos humanos de personas con discapacidad; (ii) el deber de garantizar un trato digno y no discriminatorio a las personas con discapacidad, en particular, aquéllas con discapacidad intelectual, junto con el de proveerles información accesible".
Asimismo, se deberá capacitar sobre "el deber de contemplar la situación de las personas con discapacidad desde una perspectiva de género e interseccional; el deber de disponer medidas y definir indicadores que permitan una detección temprana de las barreras que experimentan las personas con discapacidad, incluidas aquéllas con discapacidad intelectual, para el acceso a la justicia en igualdad de condiciones en los procesos penales y en el ámbito del encierro penitenciario; el deber de asentar de modo detallado la situación de discapacidad identificada y las barreras que impidan la plena participación, así como el de informarlas a las autoridades judiciales y administrativas que intervienen en el proceso penal y/o tienen a la persona bajo su custodia", entre otras.