20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El arte de la competencia federal

En un conflicto negativo de competencia por el supuesto por el hallazgo de varias obras de arte robadas, la Corte hizo uso excepcional de la facultad de anular el sobreseimiento que había sido dictado en primera instancia y derivó la causa al fuero federal.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió, por razones de economía procesal, hacer uso excepcional de la facultad de anular el sobreseimiento que había sido dictado en primera instancia y derivó al fuero federal los autos “T., L. A. y otros s/ incidente de incompetencia”.

Se trata de una causa originada por el supuesto hallazgo de varias obras de arte robadas, que se encontraban expuestas, guardadas u ofrecidas a la venta en diversas galerías del rubro. En este escenario se suscitó un conflicto negativo de competencia entre la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.

El juzgado nacional que previno dictó el sobreseimiento de las personas que, según había sido constatado, tuvieron en algún momento las obras en su poder, por considerar que de acuerdo a la prueba reunida su conducta no constituía delito alguno. En calidad de querellantes, un particular y la Unidad de Información Financiera apelaron la resolución, al igual que la fiscalía, que además solicitó que el tribunal declinase la competencia a favor del fuero federal en razón de la materia, por considerar que los hechos se adecuaban al supuesto de lavado de activos del artículo 303 del Código Penal.

El juzgado nacional formó incidente y resolvió no hacer lugar a la declinatoria solicitada, medida que fue igualmente impugnada ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que finalmente resolvió suspender el trámite de la impugnación del sobreseimiento y hacer lugar a la declinatoria.

Las actuaciones fueron remitidas al juzgado federal que las elevó a su alzada para que se pronunciara con respecto a la apelación pendiente, pero la cámara federal resolvió devolver el expediente a su par del fuero ordinario, con fundamento en que antes de plantear la cuestión de competencia correspondía que este resolviera la apelación del sobreseimiento definitivo.

 

De este modo, el Máximo Tribunal hizo uso excepcional de la facultad de anular el sobreseimiento y remitió la causa a la justicia federal que oportunamente aceptó la competencia.

 

El tribunal nacional insistió en su criterio y elevó las actuaciones a la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional para que dirima la cuestión planteada. Esta última declaró la competencia de la justicia federal y remitió el expediente a la cámara del fuero que, por su parte, elevó el incidente al Alto Tribunal.

Los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti coincidieron con el hecho de que “correspondería que la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, en su carácter de tribunal de alzada del juez de instrucción que dictó el sobreseimiento en la causa de mención, se pronunciase respecto de la apelación pendiente”.

Sin embargo, los supremos advirtieron la necesidad de “evitar una demora inútil derivada de la nueva intervención de aquella cámara que con anterioridad había declinado la competencia en favor del fuero federal -pues solo podría declarar la nulidad del pronunciamiento definitivo del juez de grado por haber sido dictado por un tribunal incompetente”.

De este modo, el Máximo Tribunal hizo uso excepcional de la facultad de anular el sobreseimiento y remitió la causa a la justicia federal que oportunamente aceptó la competencia.

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