Un tribunal bonaerense condenó a prisión efectiva al dueño de un grupo de perros Fila Brasileros que atacaron a un hombre en la calle y le provocaron heridas gravísimas que derivaron en una amputación de un brazo.
El Tribunal en lo Criminal Nº1 de Avellaneda-Lanús condenó a seis años de prisión efectiva al dueño de cuatro perros raza Fila Brasilero que atacaron a un hombre en la calle y le causaron heridas de gravedad.
El juez Martín Pizzolo consideró que el dueño de los canes fue el autor penalmente responsable del delito de lesiones gravísimas dolosas, ya que no tomó las medidas necesarias para que los perros no salgan de la propiedad y le causaron heridas al denunciante de tal entidad que pusieron en riesgo su vida, "al tiempo de haber perdido su miembro superior derecho, teniendo comprometida su pierna izquierda y el brazo izquierdo".
Para Pizzolo, el imputado "desoyó advertencias previas al hecho de personas de su vecindario que lo alertaban sobre los riesgos para terceros que entrañaban los perros en las condiciones que los tenía, no adoptando el imputado medida alguno, sino que por el contrario tomaba una actitud de indiferencia frente a la posible concreción de tales riesgos".
Para decidir, el magistrado recordó que la Ley 14.107, en su articulo 8, "sujeta la tenencia de perros potencialmente peligrosos, al cumplimiento de la disposición de adoptar medidas de seguridad y prevención en el inmueble donde se aloja al perro, en el que debe haber estructuras suficientemente resistentes y de dimensiones adecuadas que impidan al perro escaparse o sobrepasar el hocico más allá de los límites propios".
Asimismo, dicha ley bonaerense "establece cuales son los canes denominados potencialmente peligrosos, hallándose entre ellos los Fila Brasilero", explicó.
El juez ponderó también el relato de los vecinos que pusieron de manifiesto que los perros ya habían atacado gente y matado animales en otras oportunidades, por lo que "queda de este modo en claro que, contrariamente a lo sostenido por el propio encausado y su pareja en su defensa, que el resultado fue "una fatalidad" y como consecuencia de un descuido, sino que obedeció a la concreción de una situación de peligro que el imputado generó y sostuvo en el tiempo hasta que se concretó en un resultado con relevancia penal".
Para Pizzolo, el imputado "desoyó advertencias previas al hecho de personas de su vecindario que lo alertaban sobre los riesgos para terceros que entrañaban los perros en las condiciones que los tenía, no adoptando el imputado medida alguno, sino que por el contrario tomaba una actitud de indiferencia frente a la posible concreción de tales riesgos".
En ese marco, el fallo destacó que " él puso las condiciones del riesgo, representándose el posible resultado, sin embargo se mostró indiferente al dejar el asunto librado al azar", por lo que, "en esta inteligencia, es válido sostener que a quien le es completamente indiferente la producción de un resultado percibido como posible, encierra ya, con tal actitud, una decisión por la posible lesión de bienes jurídicos, lo que reafirma si, a pesar de contar con la posibilidad de un resultado típico, ello no le hace desistir de su proyecto de acción".
"La íntima esperanza de que la suerte esté de su lado no excluye, por supuesto, el dolo si simultáneamente dejó que las cosas sigan su curso", se lee en la sentencia.