20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Requisitos para quienes quieren acceder a la magistratura

Sin deudas para concursar

Representantes del estamento de la abogacía presentaron un proyecto para establecer que los aspirantes a magistrados nacionales y federales acrediten no estar registrados como deudores alimentarios. Los antecedentes de regulaciones específicas.

Los consejeros Carlos Matterson y Diego Marías impulsaron un proyecto para establecer que los aspirantes a magistrados nacionales y federales deban acreditar no estar registrados como deudores alimentarios.
 
De este modo, los representantes de la abogacía destacaron la necesidad de exigir como paso previo a la inscripción a concursos el “certificado y/o constancia de no tener deudas alimentarias”. “Los/as postulantes deberán adjuntar, como paso previo y excluyente, constancia y/o certificado vigente que acredite no estar registrado/a como deudor/a alimentario/a, expedido por el Registro Público de Alimentantes Morosos/as y/o su equivalente, de la jurisdicción correspondiente a su último domicilio real. En caso de inexistencia de dicho registro en la jurisdicción de su domicilio real, deberá informar, con carácter de declaración jurada, que no reviste la condición de alimentante moroso/a”, establece el artículo propuesto.

Algunas provincias poseen regulaciones similares. En Córdoba, por ejemplo, la ley 8.892 regula la creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos dependiente del Ministerio de Justicia, y establece que se debe contar el certificado emitido por ese registro como antecedente excluyente para participar como postulante a integrar cualquiera de los tres poderes del estado provincial, y en particular el Poder Judicial.

 

De aprobarse esta incorporación al Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes, los aspirantes deudores no podrán inscribirse a ningún concurso convocado por el Consejo de la Magistratura.

 

Los consejeros explicaron, además, que el incumplimiento al deber alimentario “resulta una violación a los derechos del niño, niña y adolescentes, y consecuentemente, una forma de violencia económica, patrimonial y psicológica para con quien queda a cargo de sus hijos/as”.

“Que es relevante adoptar por parte de este organismo, políticas públicas tendientes a la eliminación de la discriminación, las desigualdades de poder sobre las mujeres, y promover medidas de deslegitimación de todo tipo de violencia hacia ellas”, argumenta la iniciativa.

De aprobarse esta incorporación al Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes, los aspirantes deudores no podrán inscribirse a ningún concurso convocado por el Consejo de la Magistratura.



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