La resolución judicial contempla el reclamo del pago nominal de 8 millones de dólares reclamados por dos fondos de inversión constituidos en Bahamas, “Lighwater” y “Old Castle Holding”, quienes adquirieron los bonos argentinos en una inversión menor al valor nominal de los títulos, cuando la economía argentina se aproximaba a la cesación de pagos de su deuda, en las postrimerías del 2001.
Dichos fondos adquirieron bonos argentinos a un porcentaje mucho menor que su valor nominal los días 5 y 6 de noviembre del 2001, lo cual daría la pauta de que se podría tratar de fondos buitres u oportunistas que podrían comprar los mismos con el fin de ejercer futuras acciones judiciales lo que fue argumentado por el gobierno argentino en el momento de contestar la demanda ya que se prohibe este tipo de negocios en la ley americana.
Un tercer inversor, “Macrotecnic International”, que también obtuvo fallo favorable de la justicia norteamericana, reclama la restitución de 400 mil dólares por la inversión de los títulos adquiridos entre mayo de 1999 y enero de 2001, pero pagando un precio que osciló entre el 76 y el 96 por ciento del valor nominal.
Las autoridades económicas argentinas reclaman la suspensión de la ejecución que operaría el próximo 14 de mayo, ya que el fallo del tribunal federal se produjo el 14 de abril y el juez Thomas Griesa sólo fijó una prórroga de 30 días para que se logre un acuerdo entre las partes.
Los dos primeros inversores habían adquirido bonos Globales 2010 mientras que Macrotecnic compró 2020 y 2027.
La cifra en juego se muestra a simple vista “manejable” por los obsevadores económicos, pero el riesgo es que se produzca una acción mayor por parte de los demás grupos inversores, a partir de lo que se conoce como “Class Action” y que el juez considere procedente la homologación de sus reclamos con los de los tres que fueron favorecidos con el fallo.
Por otra parte, se espera también una demanda de 20 inversores que se encuentra radicada ante ese mismo tribunal en los autos “Etebov vs.República Argentina” la cual tendría acogida favorable según este precedente.