05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

Breves

El Presidente de la Nación previo acuerdo del Senado designó nuevos funcionarios judiciales | Dueña de una peluquería fue absuelta luego de una denuncia que efectuó una clienta

 
Designaciones judiciales

Por medio de varios decretos publicados en el Boletín Oficial del día de hoy, y con el visto del Senado de la Nación se nombraron varias autoridades judiciales en el ámbito nacional. Por medio del dec. 980/2003 se nombró Defensor Auxiliar de la Defensoría General de la Nación, a la señora Dra. María Florencia HEGGLIN DNI n° 21.832.004. En el ámbito de la Capital Federal, se nombró por el decreto 1010/2003 Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 De La Capital Federal, al señor doctor Alberto José HUARTE PETITE DNI nº 11.988.767. En el mismo ámbito y por dec. 1009/2003 se nombró Juez en la Sala “A” de la Cámara Nacional De Apelaciones en lo Penal Económico de la Capital Federal, al señor doctor Juan Carlos BONZON DNI nº 4.549.511. EN la provincia de Mendoza se nombró Fiscal General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mendoza, Pcia de Mendoza al señor doctor Horacio Ricardo MICHERO DNI n° 12.022.362 por medio del dec. 1008/2003. Asimismo se nombró por el dec. 1007/2003 Juez de Cámara del Tribunal en lo Criminal Federal de Santa Fe, Pcia de Santa Fe a la señora doctora María Ivon Guadalupe VELLA DNI nº 11.933.282.

Desflecada

La dueña de una peluquería denunciada por una clienta que fue atendida por una empleada del lugar fue absuelta por la justicia española. Todo comenzó cuando la cliente reclamó que en la peluquería le cortaron el pelo entre quince y veinte centímetros a pesar de que ella pidió que “le cortara solamente tres centímetros de raíces”. La mujer expuso que le habían dejado el cabello estropeado y lleno de trasquilones. La sección novena de la Audiencia Provincial de Valencia desestimó el recurso de apelación interpuesto por la mujer contra una sentencia del 17 de septiembre de 2002 que absolvió a la dueña de la peluquería al considerar que no quedaron probados los hechos en los que se sustentaba la denuncia. La mujer recurrió al considerar que el juez de primera instancia no había tomado en consideración las manifestaciones de sus padres ni las fotografias que presentó con el pelo corto. La mujer había demando a la propietaria de la peluquería por la suma de 1.008 euros pero en la contestación de demanda la propietaria de la peluquería negó los hechos afirmando que no eran ciertos ya que "el pelo se lo dejaron como pidió la mujer y no le cortaron más de tres centímetros y en perfectas condiciones".



dju / dju
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