02 de Diciembre de 2024
Edición 7103 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/12/2024

Chaco con novedades en el proceso electrónico

El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia  publicó dos resoluciones que tienen que ver con el expediente electrónico provincial,una incide en las notificaciones electrónicas y otra prorroga la implementación de algunos sistemas según el fuero y la jurisdicción.

Por:
Sebastián
Onocko
Por:
Sebastián
Onocko

Recientemente el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco publicó dos resoluciones que tienen que ver con el expediente electrónico provincial, la primera (Resolución 1141) responde a una presentación realizada por los colegios, asociaciones y consejo de abogados donde se decidió modificar la Reglamentación de Notificaciones Electrónicas dispuesta por Resolución STJ N° 735/22.

En la misma se suprimió el apartado "Colaboración funcional en el caso de sentencias definitivas e interlocutorias", para incorporar un apartado que establece la “obligación” de los Secretarios del Tribunal de utilizar la herramienta conocida como "Sobre" en los casos del art. 155 inc. 11 -sentencias definitivas e interlocutorias y sus aclaratorias con excepción de las negligencias de prueba-, pero sin incidencia respecto a los plazos que continúan computándose conforme el artículo 1 de esa resolución.

 

 

 Incorporar un apartado que establece la “obligación” de los Secretarios del Tribunal de utilizar la herramienta conocida como "Sobre" en los casos del art. 155 inc. 11 -sentencias definitivas e interlocutorias y sus aclaratorias con excepción de las negligencias de prueba-, pero sin incidencia respecto a los plazos..

 

 

Recordemos que ese artículo dispone: "la notificación mediante el sistema de Control de Trámites y Notificaciones se tendrá por cumplida para todos los sujetos procesales -hayan o no ingresado al sistema indicado- /os días martes o viernes hábil siguiente al que estuvo publicada online la resolución y/o acto procesal; quedando éste excluido del cómputo del plazo, el cual debe empezar al día siguiente hábil”.

De esta manera encomendó a la Dirección de Tecnologías de la Información para que realice los ajustes necesarios al sistema para incorporar la opción de "COMUNICACIÓN A PROFESIONALES", de manera que para proceder a comunicar a los profesionales de esas sentencias el sistema adjunte automáticamente el archivo “pdf” de la sentencia definitiva o interlocutoria que se busca dar a conocer.

Por otro lado, la segunda resolución (N° 1159), resolvió prorrogar la implementación de los sistemas de ingreso digital de demandas y del IURE en el fuero laboral (de la Primera, segunda y tercera circunscripción judicial) y en los fueros contencioso administrativo y de niñez, adolescencia y familia de toda la provincia.

Esta decisión, modifica la Resolución N° 942 analizada anteriormente por Diario Judicial en esta nota y que buscaba implementar los sistemas antes de marzo de 2023, con un cronograma estimativo según el fuero y jurisdicción.

Entre los fundamentos de la prórroga, surge que es necesario profundizar aún más en las capacitaciones en todos los fueros sobre el uso de los sistemas.

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