24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024
Se suman los reclamos

No hay decreto que niegue honorarios

En un nuevo precedente, un Juzgado Civil declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 del DNU 157/2018 y ordenó a una ART el pago de los honorarios profesionales de un matriculado.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 99, a cargo de Camilo Jorge Almeida Pons, declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 157/2018.

Así falló a favor de un abogado contra Provincia ART. S.A , a quien condenó a hacerle íntegro pago al primer de la cantidad de ocho UMA en concepto de honorarios profesionales, con más los intereses.

El letrado dio inicio a una demanda contenciosa administrativa ante comisión médica para determinar la incapacidad derivada del siniestro sufrido por su cliente, que tuvo favorable recepción.

Pero luego planteó la inconstitucionalidad del DNU, que determinó que los honorarios en las causas de Reparación Histórica y de Riesgos del Trabajo no se encuentran alcanzados por el régimen de la ley 27.423. Sostuvo, entre otras cuestiones, que “conculca su derecho de propiedad al reducir el monto de los honorarios”.

 

Este no es el primer juzgado que resuelve a favor de un matriculado. Meses atrás y con similares fundamentos, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 19, a cargo de Paula Andrea Castro, hizo lugar a una demanda por cobro de honorarios profesionales contra Galeno ART S.A..

 

En este escenario, el magistrado destacó que el “trabajo del profesional liberal debe ser remunerado” y que el honorario “es la retribución que tiene derecho a percibir en razón de los servicios profesionales prestados”.

Para el juez civil, “es evidente la contradicción entre el art. 1 de la ley 27423 que establece la regulación de honorarios por la actividad judicial, extrajudicial y administrativa; y el art. 2 del decreto 157/18 que se encarga de declarar la inaplicabilidad de la ley a los asuntos que tramiten ante las instancias administrativas y judiciales”.

Este no es el primer juzgado que resuelve a favor de un matriculado. Meses atrás y con similares fundamentos, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 19, a cargo de Paula Andrea Castro, hizo lugar a una demanda por cobro de honorarios profesionales contra Galeno ART S.A..



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