Casación Federal confirmó la condena contra a 13 años de prisión contra el ex juez de Orán, Raúl Reynoso, por pedidos de dinero a cambio de favorecer la situación de detenidos entre 2010 y 2015. EL magistrado fue considerado jefe de una asociación ilícita.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a 13 años de prisión contra el ex juez de Orán, Raúl Reynoso, por pedidos de dinero a cambio de favorecer la situación de detenidos entre 2010 y 2015.
Se trata de la causa "Reynoso, Raúl Juan y otros s/ recurso de casación", donde el detenido fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de Salta el 24 de mayo de 2019 por siete hechos de pedidos de sobornos a personas que eran detenidas en su juzgado, para conceder beneficios como excarcelaciones o prisión domiciliaria.
El fallo describió el modus operandi de Reynoso al detallar que "sucedía la misma mecánica: primero, una decisión que implicaba el encarcelamiento del imputado y, al poco tiempo, una resolución que otorgaba la libertad (ya sea fruto de una excarcelación o de una falta de mérito) o la prisión domiciliaria. Esto se hacía a cambio del pago de un soborno".
Con los votos de Guillermo Yacobucci, Angela Ledesma y Carlos Mahiques, el Tribunal sostuvo que "en el caso de Reynoso, su accionar tiene un especial disvalor en razón de la magistratura que ejercía, que le otorgaba cierto poder -en función de la facultad para tomar decisiones respecto de bienes preciados de los ciudadanos por los casos sometidos a su jurisdicción: libertad y propiedad que fue utilizado con fines personales y espurios".
Para Casación se encuentra probado que "el nombrado Reynoso actuó como jefe en una asociación ilícita integrada por miembros de su absoluta confianza a los fines de cometer delitos, durante al menos cinco años, esto es de 2010 a 2015", y su accionar "no sólo implicó cometer ciertos delitos en clara infracción a los deberes institucionales que tenía a su cargo, sino que incumplió obligaciones y pautas de comportamiento éticos que le imponía su carácter de juez".
El fallo describió el modus operandi de Reynoso al detallar que "sucedía la misma mecánica: primero, una decisión que implicaba el encarcelamiento del imputado y, al poco tiempo, una resolución que otorgaba la libertad (ya sea fruto de una excarcelación o de una falta de mérito) o la prisión domiciliaria. Esto se hacía a cambio del pago de un soborno".
"Desde su lugar de privilegio en el proceso penal, y de extrema confianza con sus clientes, los abogados se aprovechaban de la situación en la que Reynoso colocaba a los imputados, lo que les permitía exigirles la dádiva tranquilamente, sin generar sospechas de la maniobra ilícita pergeñada", se agregó al respecto.
Finalmente, los camaristas concluyeron en que "de esta forma, asiste razón a la defensa cuando dice que se lo condenó por ser juez de Orán. En efecto, su comprobado proceder, al margen de la ley y a fin de obtener un rédito ilegal a raíz de su actuación como magistrado de la jurisdicción, es lo determinante y fundamental en el reproche penal a su respecto".