20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Adiós a las armas

La Justicia de Córdoba archivó una causa tras un proceso de mediación restaurativa que transitó un niño que llevó al colegio una pistola semiautomática que pertenecía a una agente policial de su entorno familiar.

El Juzgado Penal Juvenil de 3° Nominación de la ciudad de Córdoba archivó una causa tras un proceso de mediación restaurativa que transitó un niño que llevó al colegio una pistola semiautomática, que pertenecía a una agente de policía de su entorno familiar.

Al menor, de entonces 11 años, se le atribuyó el delito de intimidación pública tras “infundir temor entre sus compañeros de clase manipuló un arma de fuego”. Luego con el arma en sus manos se acercó a una compañera y le asentó la boca del cañón a la altura del cuello de la misma encontraba de espaldas, lo cual quedó registrado en dos videos que fueron difundidos por la aplicación de mensajería instantánea de WhatsApp.

La jueza Ileana Benedito explicó que, en consonancia con los tratados internacionales vinculadas con los derechos de la niñez, la legislación local (Ley 9.944, art. 86 ter) establece la derivación “obligatoria” a mediación de los casos que involucran a niñas, niños y adolescente (NNA) no punibles, a fin de implementar en forma concreta la “desjudicialización” de tales hechos.

“La mediación (…) –afirmó la sentenciante- constituye una vía para abordar la problemática de las NNA en conflicto con la ley penal desde una perspectiva de inclusión y reintegración social, sin olvidar a la víctima y a la sociedad”.

 

El menor asistió al proceso de mediación restaurativa que incluyó un abordaje integral, interdisciplinario e interinstitucional. De este modo, comenzó un tratamiento psicológico al que continúa asistiendo en la actualidad, como también no volvió a manipular armas de fuego ni a ver videos juegos relacionados con violencia y uso de armas. 

Asimismo, la magistrada agregó que, a través de la mediación restaurativa, puede concretarse el fin primordial del derecho penal juvenil que consiste en “responsabilizar” a los niños y las niñas por sus acciones, “pero de un modo diferenciado al de los adultos y al de los adolescentes punibles”. 

El menor asistió al proceso de mediación restaurativa que incluyó un abordaje integral, interdisciplinario e interinstitucional. De este modo, comenzó un tratamiento psicológico al que continúa asistiendo en la actualidad, como también no volvió a manipular armas de fuego ni a ver videos juegos relacionados con violencia y uso de armas. 

“(…) se logró una alternativa educativa con la asistencia al tratamiento psicoterapéutico y demás pautas del compromiso (prohibición de manipulación de armas y de ver video de contenido violento). El objetivo es que en esta nueva etapa (escuela secundaria), el adolescente gracias a la intervención efectuada, haya podido reflexionar para no reiterar conductas como las que motivaron las presentes”, concluyó la magistrada.



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