26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Nadie puede jurar que mañana juren

Durante toda la jornada trascendió en el ministerio de Justicia que Béliz tomaría juramento mañana a su segunda línea, pero hasta hoy ningún funcionario estaba en condiciones de asegurar que se cumpliría con el requisito formal.

 
El ministro de Justicia Gustavo Béliz tomaría juramento mañana a los funcionarios integrantes de su equipo de gestión, entre quienes se cuentan fiscales federales que fueron cedidos mediante una “autorización” del Procurador General de la Nación, Nicolás Becerra.

El clima, por momentos “vertiginoso” que se viven en el ministerio –en buena medida a partir de las medidas que giran en torno a la seguridad—parece haber relegado la instancia de rigor que representa la toma de juramento de los funcionarios que conformarán la segunda línea, entre quienes se cuentan el Secretario de Seguridad, el fiscal Norberto Quantín, así como también sus pares José María Campagnoli y Pablo Lanusse. Otros opinan que el retraso se debió a que debían “encontrarle la vuelta” al espinoso tema formal que representa cesión de funcionarios de un poder a otro.

Los voceros autorizados del ministerio no pudieron confirmar a Diariojudicial.com al cierre de esta edición, si Béliz tomará mañana juramento a los miembros de su gabinete.

La consulta obedeció a una versión que cobró cuerpo durante una reunión que Béliz mantuvo con los integrantes de la Mesa del Diálogo Argentina, cuyas conclusiones prometió implementar como parte de su política al frente de la cartera.

Béliz se entrevistó de manera “protocolar” con Becerra quien lo interiorizó sobre el funcionamiento de las Fiscalías barriales que dependen de ese Ministerio Público: aunque funciona a pleno en el barrio de Saavedra; otra como “oficina” en La Boca, aguardando que el Senado dé la autorización y dos que se encuentran en proyecto en Pompeya y Lugano.

En torno a la transferencia de los tres fiscales, el ministerio de Justicia solicitó y la Procuración accedió a cederlos mediante “autorización” que estaría contemplada dentro de las facultades que le concede a Becerra el artículo 33 de la ley 24946, que “asigna al Procurador la Facultad de diseñar la política de persecución penal “, según explicaron voceros de ese organismo a este medio.

Los mismos voceros se encargaron de explicitar que tanto a Quantín, como a Campagnoli y Lanusse, no se les concedió licencia sino una autorización para la cual deberán cumplir determinados requisitos, entre ellos el de no realizar “ninguna actividad partidaria ni proselitismo político”.

En ese mismo marco, Becerra podrá requerir que los fiscales cedidos “a préstamo”, retornen a sus funciones por “razones fundadas”, haciendo cesar “la presente autorización”, tal como se dejó con expresa constancia en las actas correspondientes.

Durante ese período, los fiscales que pasarán a desempeñarse en el Ministerio no percibirán sueldos de la Procuración y en caso de retornar a sus funciones “no podrán intervenir en ninguna causa judicial en las que hayan estado involucradas sus funciones” en la cartera de Justicia.

Otras fuentes dejaron traslucir el malestar que le habría ocasionado inicialmente a la Procuración el anuncio de Quantín acerca de la designación de fiscales en determinados eventos, ya que reivindicaron esa facultad para el ministerio Público que funciona de manera independiente.

“Parece que no se puede desprender de los años que lleva como fiscal”, fue el comentario irónico que deslizó la fuente.



f.a. / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486