La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná rechazó el recurso del represor Jorge Humberto Appiani, quien requirió salidas transitorias e incorporación al régimen de semilibertad para trabajar como abogado.
Está condenado por delitos de lesa humanidad cometidos en Entre Ríos durante la última dictadura cívico militar. Appiani quería, entre otras cosas, concurrir a trabajar como abogado al domicilio de una colega de la capital entrerriana.
Desde la cárcel, Appiani desempeña su profesión y planteó que durante la pandemia, ante su falta de acceso a internet, tuvo que contratar una letrada local para que le sirviera de nexo con el estudio jurídico en Buenos Aires para el que presta servicios. También requirió que se conceda un plazo prudencial para instalar su estudio jurídico en Paraná, y de ese modo manejar su estudio por sistema de teletrabajo.
Asimismo, posee dictámenes desfavorables por parte del Informe Técnico Criminológico elaborado por profesionales del área médica, de Trabajo Social y Psicología del Servicio Penitenciario y el Informe Pronóstico del Consejo Correccional.
De este modo, los jueces del Tribunal -por mayoría- recordaron que las conductas atribuidas a Jorge Humberto Appiani “fueron cometidas en el marco del terrorismo de Estado dentro de un plan sistemático de persecución y exterminio, y son configurativas de delitos de lesa humanidad”.
Appiani permanece privado de su libertad desde 2009 en el caso de la primera condena y, desde 2011 por la segunda, en la Unidad Penal Nº 1 de esta ciudad, estando pendiente de realización la unificación de pena.
Asimismo, posee dictámenes desfavorables por parte del Informe Técnico Criminológico elaborado por profesionales del área médica, de Trabajo Social y Psicología del Servicio Penitenciario y el Informe Pronóstico del Consejo Correccional.