El Juzgado de Familia de Cipolletti condenó a un padre que incumple sistemáticamente con el pago de la cuota alimentaria y no podrá asistir al gimnasio ni utilizar su celular.
Como parte de la prueba ofrecida, se informó en el expediente las actividades que realiza el progenitor. En consecuencia la magistrada le ordenó a los titulares del gimnasio al que asiste para que le prohibieran el ingreso al padre deudor.
Todas las medidas tendrán vigencia hasta que se acredite el cumplimiento de las cuotas adeudadas. Incluso se enviaron comunicaciones a la municipalidad y a la Asociación de Deportes de Contacto de la Patagonia Argentina. Como tercera medida, el hombre tiene impedido participar de los encuentros regionales de kickboxing, actividad que practica.
Asimismo, ordenó la suspensión de las líneas telefónicas fijas y de celulares que estén registradas a nombre del condenado. Para ello le envió oficios a todas las compañías.
Todas las medidas tendrán vigencia hasta que se acredite el cumplimiento de las cuotas adeudadas. Incluso se enviaron comunicaciones a la municipalidad y a la Asociación de Deportes de Contacto de la Patagonia Argentina. Como tercera medida, el hombre tiene impedido participar de los encuentros regionales de kickboxing, actividad que practica.
“Conformo a la Convención de los Derechos del Niño, el Estado debe obligarse a garantizar con absoluta prioridad el ejército de los derechos de los niños, niñas y adolescentes con una tutela judicial efectiva en tiempo útil, más aún cuando la normativa vigente habilita a la suscripta a imponer al alimentante incumplidor medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia dictada”, resaltó el fallo.