La Sala de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Santiago del Estero mediante acordada dispuso que a partir del jueces 1 de febrero de 2024, “todas las sentencias de contenido patrimonial, tramitadas por cualquier tipo de proceso y dictadas por los magistrados del Fuero Civil y Comercial y de Paz Letrado, bajo el sistema de conclusión de causas y oralidad, deberán contener el capital histórico con más los intereses computados a la fecha del dictado de la misma”, lo que favorecerá la cancelación del monto de la condena actualizado, así como la liquidación de honorarios profesionales.