El pedido lo interpuso el abogado Juan Pandis, quien entendió que esos integrantes del alto cuerpo de justicia habrían incurrido en contradicciones en algunos fallos en donde se destacó que “se violaría el artículo 112 de la Constitución Nacional”.
Esa norma constitucional dispone que "En la primera instalación de la Corte Suprema, los individuos nombrados prestarán juramento en manos del Presidente de la Nación, de desempeñar sus obligaciones, administrando justicia bien y legalmente, y en conformidad a lo que prescribe la Constitución. En lo sucesivo lo prestarán ante el Presidente de la misma Corte."
El documento presentado por el letrado se basa principalmente en los pronunciamientos Smith, caso testigo del corralito, y una demanda que presentó un particular en contra de la Aduana.
Al parecer en estos casos los ministros Belluscio como Boggiano aceptaron los recursos, pero sin embargo estos mismos jueces en el caso Tobar (reclamo por el 13 pro ciento de descuento a los estatales), rechazaron la demanda del accionante, y para el denunciante entonces se habría entrado en contradicción ya que se habría operado en forma distinta a lo que se resolvió en la presentación en contra de la Aduana.
Por su parte, a Maqueda le endilgó que él junto a sus pares votaron "por la inadmisibilidad de la demanda del amparo establecida por el gobierno de San Luis, sin pronunciarse sobre el derecho de propiedad del art. 17 de la Carta Magna".
En su presentación, recordó que los tres jueces rechazaron la petición provincial para retirar del Banco Nación un depósito que había quedado retenido por las normas que habían instalado el "corralito".