La Cámara Contencioso Administrativo Federal remitió al fuero Civil una causa por la derogación de la Ley de Alquileres a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.
El expediente llegó al Tribunal de Feria ante el conflicto de competencia. Se trata de una acción de amparo de la Asociación Civil por un Hogar en Argentina para que se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta del decreto, y de toda aquella normativa que derive o se dicte como consecuencia del mismo.
La agrupación afirmó que el DNU 70/2023 “no constituye bajo ningún punto de vista, una medida excepcional y transitoria destinada a sortear una situación de crisis social o emergencia”, que la ley de alquileres contenía elementos de protección para el inquilino en su “situación de desigualdad con las inmobiliarias o dueños a la hora de contratar, por ejemplo, el atar los ajustes a un índice preestablecido para las partes, que no posee precedentes a nivel mundial”.
"Sin estas medidas regulatorias, se dará una clara desregulación del precio que llevaría a una afectación del principio de igualdad de las partes que esgrime nuestra CN y nuestro CCYC como rector en todas las relaciones contractuales”, argumentaron.
En este escenario, los jueces Sergio Fernández y Carlos Grecco determinaron que el asunto debe tramitar por ante la Justicia Nacional en lo Civil, en atención a que la "naturaleza de la controversia de autos no se encuentra preponderantemente determinada por la aplicación de normas ni de principios de derecho administrativo, en tanto la cuestión remite a normas y principios del derecho civil a los fines de conocer en el cuestionamiento introducido respecto de la derogación de la ley de alquileres Nº Ley 27. 551".
Vale recordar que DNU 70/2023 derogó la ley de Alquileres, que desde julio de 2020 regulaba este mercado; como también introdujo cambios en el Código Civil y Comercial. Entre las principales modificaciones se encuentra el plazo de los contratos de alquiler de viviendas -acordado por las partes sin un mínimo legal-, el ajuste del valor utilizando cualquier índice y la eliminación de la necesidad y de inscribir los contratos de alquiler en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), entre otras cuestiones.
En este escenario, los jueces Sergio Fernández y Carlos Grecco determinaron que el asunto debe tramitar por ante la Justicia Nacional en lo Civil, en atención a que la "naturaleza de la controversia de autos no se encuentra preponderantemente determinada por la aplicación de normas ni de principios de derecho administrativo, en tanto la cuestión remite a normas y principios del derecho civil a los fines de conocer en el cuestionamiento introducido respecto de la derogación de la ley de alquileres Nº Ley 27. 551".
"(...) –debido a la índole civil de la pretensión, vinculada con las modificaciones introducidas por el decreto impugnado en el régimen de locación de viviendas, esto es, normativa de derecho común– no se advierten razones que permitan atribuir competencia a la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, corresponde que la causa sea remitida a la Justicia Nacional en lo Civil", concluyó el tribunal.