La Superintendencia del Poder Judicial de la provincia de Santiago del Estero modificó los montos para determinar la competencia de cuantía para los juzgados de paz letrado en asuntos civiles y comerciales, que paso a quedar de la siguiente manera a partir del 1 de marzo de 2024:
Sera competente el Juzgado de Paz Letrado cuando:
- El haber hereditario no exceda de 30 millones de pesos.
- En desalojo, resolución, cumplimiento, cobro de alquileres y cuestiones vinculadas al contrato de locación, cuando el alquiler no exceda de los 2 millones de pesos.
- En demandas contra intrusos o tenedores precarios con obligación exigible cuando la tasación fiscal del inmueble no exceda de 30 millones de pesos.
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