El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires manifiesta su preocupación por la media sanción al Proyecto de Ley que busca la “modificación del artículo 12, inciso g) de la Ley N° 6716, Régimen Legal de la Caja de Previsión Social para Abogados", para eliminar la sobretasa de justicia.
La entidad que nuclea a los letrados de la provincia de Buenos Aires aseguró que la iniciativa fue presentada “sin la debida consulta a los órganos naturales de representación de la Abogacía bonaerense”.
“Solicitamos al Poder Legislativo la apertura de un espacio de diálogo institucional, con la necesaria participación de los Colegios de Abogados y de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires”, concluyó el comunicado emitido este jueves.
“No es real que con la reducción de la sobretasa de justicia se facilite el acceso a la justicia de los sectores vulnerables”, aseguró el Colegio, por lo que “cualquier modificación que afecte el funcionamiento de estas instituciones debe respetar estos procesos participativos y representativos”.
“Solicitamos al Poder Legislativo la apertura de un espacio de diálogo institucional, con la necesaria participación de los Colegios de Abogados y de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires”, concluyó el comunicado emitido este jueves.
El conflicto se inició días atrás cuando se presentó en la Legislatura bonaerense el proyecto que busca eliminar la sobretasa de Justicia, un monto de la tasa de Justicia que se destina a la Caja de Abogados provincial.
Actualmente, la tasa de Justicia supone el 2,2% que pagan los bonaerenses cuando requieren un servicio de Justicia, cuyo 10% se gira a la Caja de Abogados y, según se detalla en el texto del proyecto, “esa disposición genera una carga económica adicional sobre las personas involucradas en procesos judiciales”.
“El único objetivo del presente proyecto es eliminar y reducir las barreras económicas que actualmente enfrentan quienes necesitan acceder a la justicia en la provincia de Buenos Aires”, se lee en el texto de la iniciativa que asegura que esa sobretasa no guarda relación directa con la presentación de los servicios judiciales, debido a que no se destina directamente a la mejora del sistema.
Actualmente, la ley sostiene que "al iniciar su actuación profesional en todo asunto judicial o administrativo, con la única excepción de las gestiones que no devenguen honorarios, el afiliado deberá abonar como anticipo y a cuenta del diez (10) por ciento a su cargo que fija en inciso a) del artículo anterior, la cantidad de un "jus previsional" cuyo valor monetario móvil representará una suma que no podrá ser superior a un 3 % del monto de la jubilación ordinaria básica normal".
"Al hacer efectivo el mencionado aporte del diez (10) por ciento el afiliado deducirá la suma abonada por este anticipo actualizada al valor del "jus previsional" vigente a esa fecha".