La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires declaró abstracto un amparo para el retiro de tres perros que vivían en un hospital público porteño.
Se trata de una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para la liberación de espacios públicos de animales, en este caso perros, que residían dentro del Hospital de Gastroenterología “Dr. Carlos Bonorino Udaondo”. Asimismo, en la causa se solicitó el dictado de una medida cautelar con el objeto de que se ordenara a la demandada arbitrar los medios necesarios para que retirara los animales y los llevara a un centro canino o refugio o bien se les encontrara un hogar a fin de habilitar el libre tránsito.
Todo comenzó cuando -según el relato que consta en el expediente- uno de los animales atacó a una mujer en la parte inferior de la pierna produciéndole un daño considerable en la vereda del sanatorio.
Mientras tanto, agentes del hospital manifestaron su voluntad de hacerse cargo de su tenencia y cuidados de los animales, "dada la afinidad y cariño que le tienen a estos animales que conocen hace años y se comprometieron a retirarlos en el día del predio".
En mayo pasado, el juzgado de grado hizo lugar a la cautelar solicitada y ordenó que el GCBA retire los tres perros que allí residían en el centro de salud, identificados como ´Princesa´, ´Mostaza´ y ´Manchita´ y/o cualquier otro perro que allí se encuentre, a fin de liberar el espacio público y garantizar el libre tránsito y acceso al Hospital. Asimismo, se ordenó la entrega de los perros a una entidad protectora de animales reconocida o bien a una organización no gubernamental que se dedique al proteccionismo animal.
Contra dicha decisión el GCBA interpuso recurso de apelación. Mientras tanto, agentes del hospital manifestaron su voluntad de hacerse cargo de su tenencia y cuidados de los animales, "dada la afinidad y cariño que le tienen a estos animales que conocen hace años y se comprometieron a retirarlos en el día del predio". Esta última medida fue cumplida.
De este modo, el Tribunal porteño advirtió que “han perdido actualidad los agravios que esgrimió el GCBA al interponer su apelación". ”En tales condiciones, teniendo en cuenta que, en este tipo de juicios, en todos los casos debe fallarse con arreglo a la situación fáctica y jurídica existente a la fecha de la sentencia, tomando en consideración no sólo los factores iniciales sino también los sobrevinientes, que resulten de las actuaciones producidas (…), cabe concluir que las cuestiones pendientes de decisión devinieron abstractas”.