Diario Judicial
28 de Marzo de 2025
Edición 7181 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 31/03/2025

El decomiso, sólo para el imputado

La Cámara del Crimen confirmó la orden de restituir un rodado a una mujer, cuya pareja se encuentra imputada por falsificación de documentos públicos. Los jueces destacaron que ella es dueña de la mitad del auto y no se encuentra ni sospechada en la causa.

El decomiso, sólo para el imputado
(Foto de Negative Space)

En la causa “M., F. Z. s/ falsificación de documentos públicos” , la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución que ordenó la devolución de un rodado a la pareja del imputado, propietaria del 50% del vehículo.

El magistrado de la anterior instancia resolvió hacer entrega, en el mismo carácter que lo detentaba previo a su secuestro, del un auto "Fiat", modelo “Cronos Drive 1.3 MT” a la mujer, decisión que fue apelada por el representante del Ministerio Público Fiscal.

 

Los camaristas explicaron que, “si bien el artículo 23 del Código Penal habilita el decomiso, entre otras, de las cosas que han servido para cometer el hecho, lo cierto es que, en el caso particular, la propietaria y titular registral del 50% del vehículo secuestrado no reviste la condición de imputada en la investigación”.

 

El Tribunal, integrado por Rodolfo Pociello Argerich y Hernán Martín López, rechazó los argumentos de la apelación al sostener que “los agravios de la parte recurrente no logran conmover los fundamentos del auto que se revisa, que se exhiben ajustados a derecho y a las constancias de la causa, motivo por el cual será convalidado”.

“Debe señalarse que, conforme surge de la documentación acompañada por la solicitante y de las constancias del sumario, se encuentra acreditado que M. D. C. es titular registral del 50%”, remarcaron los jueces al respecto.

Los camaristas explicaron que, “si bien el artículo 23 del Código Penal habilita el decomiso, entre otras, de las cosas que han servido para cometer el hecho, lo cierto es que, en el caso particular, la propietaria y titular registral del 50% del vehículo secuestrado no reviste la condición de imputada en la investigación”.

En consecuencia, “el decomiso -por su naturaleza de pena accesoria- no puede alcanzar a sus bienes; incluso cuando Marturano, que sí se encuentra imputado, resulte titular del 50% restante”, completaron los magistrados.

Finalmente, el fallo destacó que la mujer “no se encuentra siquiera sospechada de haber participado en el hecho que aquí se investiga, se estima que la entrega dispuesta resulta acertada, por lo que será convalidada”. 

 

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
decomiso mujer automóvil

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Iniciativa del Consejo de la Magistratura
Decomiso vía Lex100
En línea con el dictamen de Procuración
Que el decomiso no sorprenda

VOLVER A LA TAPA
Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2025 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486