26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Se viene el fuero judicial de ejecución fiscal

El Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba puso en funcionamiento en la capital provincial, tribunales judiciales de ejecuciones fiscales. En igual sentido la ley 25.293, que aún no se encuentra en marcha, dispuso la creación de un fuero especializado en la materia para el territorio de la Capital Federal e interior del país. TEXTOS COMPLETOS

 
Así lo estableció el máximo tribunal provincial mediante el acuerdo reglamentario nº 677 que contó con los votos de los vocales María Esther Cafure De Battistelli Berta Kaller Orchansky, Hugo Alfredo Lafranconi, Aída Lucía Teresa Tarditti, Domingo Juan Sesin Y Luis Enrique Rubio.

La creación de este fuero especializado tiene su fundamento, según surge en los considerandos en “la generación de ámbitos especializados para la gestión judicial de acreencias emergentes de tributos provinciales o municipales impagos” que ha sido preocupación de las autoridades legislativas.

Para esto el Superior Tribunal ha sido atribuido mediante la ley 9024, de la facultad “de asignar competencia excluyente para entender en las causas mencionadas a Juzgados y Cámaras en lo Civil y Comercial, para dictar normas que aseguren el cumplimiento de la misma, reasignar causas en trámite y establecer la dotación y distribución del personal afectado.”

Así, la acordada dispuso que los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Vigésimo Primera y Vigésimo Quinta Nominación, ambos de la Ciudad de Córdoba serán tribunales especializados para conocer y resolver en el Centro Judicial de la Capital, las causas que se promuevan por cobro judicial de tributos y multas aplicadas por la autoridad administrativa y por repetición por pago indebido de impuestos, tanto provinciales como municipales.

De esta manera, y al asignársele competencia exclusiva la acordada preve un mecanismo de distribución de las causas no fiscales de los Juzgados de 21º y 25° nominación en los otros Juzgados con competencia en lo Civil y Comercial con asiento en la Ciudad de Córdoba..”

Como contrapartida, las causas judiciales que se hayan promovido por cobro de tributos, multas aplicadas por autoridad administrativa o de repetición por pago indebido de tributos, tanto provinciales como municipales, deberán ser reasignadas como lo preve la norma en cada uno de los Juzgados con competencia en la materia.

Una iniciativa para todo el país

En concomitancia con la creación de los juzgados penales tributarios mediante la ley Nº 25.292 del Gobierno De la Rúa, se dictó la ley Nº 25.293 que ordenó la creación de Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias con jurisdicción territorial en la Capital Federal y competencia específica en materia de ejecuciones fiscales tributarias y Secretarías con competencia específica en materia de ejecuciones fiscales tributarias en Juzgados Federales con asiento en ciudades del interior del país.

Este ley, que aún no entro en funcionamiento, preve la creación de seis Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias con jurisdicción territorial en la Capital Federal y competencia específica en materia de ejecuciones fiscales tributarias.

Asimismo en el interior del país se dispone la creación de secretarías con competencia específica en materia de ejecuciones fiscales tributarias en los Juzgados Federales de varias ciudades del interior.



dju / dju
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