Diario Judicial
21 de Marzo de 2025
Edición 7177 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/03/2025

La xenofobia se paga

En una demanda por daños y perjuicios, la Cámara Civil confirmó una condena contra cuatro jóvenes que agredieron con términos xenófobos y físicamente a otra persona en un local bailable.

La xenofobia se paga
(Foto por formulario PxHere)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, con la firma de los jueces Gastón M. Polo Olivera y Carlos A. Carranza Casares, confirmó una condena contra cuatro jóvenes que agredieron con términos xenófobos y físicamente a otra persona.

El hecho ocurrió en el local bailable llamado Moliere, ubicado en la intersección de las calles Balcarce y Chile, de la Ciudad de Buenos Aires. Según se desprende de la causa, los demandados agredieron a la víctima y a su hermano con términos xenófobos y físicamente, por lo que, a pedido del personal del lugar, se retiraron del lugar.

Una vez afuera, lo accionados también egresaron del local y comenzaron a agredir y golpear nuevamente a la víctima, lo que provocó su caída al suelo, donde continuaron golpeándolo y le sustrajeron las zapatillas. Su hermano pudo escapar y pedir ayuda.

La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda por la suma de $3.890.000. Además se instruyó la causa penal, en la que se dispuso el sobreseimiento por extinción de la acción.

 

También las constancias médicas, las fotografías y los informes médicos dieron cuenta de los daños que padeció el accionante. Como consecuencia del hecho, el joven sufre secuelas por fracturas múltiples del maxilar superior.
 

"(…) en caso de no existir condena, corresponde valorar las pruebas a fin de determinar quién o quiénes fueron los responsables en la producción del evento dañoso en estudio. Además, debe tenerse en cuenta que lo decidido en sede penal no obliga al juez civil, ni aún las apreciaciones efectuadas por el juez en lo criminal, ya que en razón de los diversos fines perseguidos por uno u otro juicio varía el alcance que puede atribuírsele a la misma prueba", explicó la Alzada al momento de analizar el recurso de apelación de los demandados.

Las declaraciones testimoniales brindadas por los oficiales de policía fueron esenciales, según el Tribunal, ya que fueron los agentes que "intervinieron momentos posteriores a la disputa que protagonizaron las partes contendientes, procedieron a la detención de los demandados y abonan el relato de los hechos efectuado por el accionante".

También las constancias médicas, las fotografías y los informes médicos dieron cuenta de los daños que padeció el accionante. Como consecuencia del hecho, el joven sufre secuelas por fracturas múltiples del maxilar superior.
 



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