La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires modificó los plazos para publicar la totalidad de sentencias y resoluciones.
Según el nuevo esquema las Cámaras de Apelaciones provinciales y el Tribunal de Casación Penal deberán publicar las sentencias definitivas, las equiparables a tales y las resoluciones interlocutorias en general dictadas entre el 19 de abril de 2024 y antes del 31 de octubre de 2025.
Por otra parte, los tribunales de primera instancia de los fueros civil y comercial, laboral y contencioso administrativo, antes del 15 de marzo de 2026, para las sentencias definitivas, las equiparables a tales y las resoluciones interlocutorias en general dictadas entre el 19 de abril de 2024 y el 2 de junio de 2025.
“Las medidas aquí dispuestas buscan garantizar la publicidad, maximizar la transparencia y los restantes derechos ciudadanos y deberes estatales asociados al acceso a la información judicial, impuestos constitucional, convencional y legalmente”, concluyeron los jueces.
El objetivo de la SCBA es lograr la máxima difusión de las decisiones judiciales, por lo que modificó el acuerdo referido a la instrumentación del servicio de consulta y acceso web de los listados completos de sentencias dictadas por el Tribunal, Cámaras de Apelación y órganos de primera instancia.
En una primera etapa se organizará la publicidad de la totalidad de las sentencias definitivas, las equiparables a tales y las resoluciones interlocutorias en general de la Suprema Corte de Justicia. Su implementación deberá efectuarse dentro de los 60 días corridos del presente acuerdo.
En un plazo de 120 días corridos, la Subsecretaría de Tecnología Informática elaborará y comunicará el programa de implementación del sistema para los restantes tribunales de alzada y dentro de los 180 días corridos, hará lo propio con los órganos de primera instancia.
“En ambos casos la fecha efectiva de la publicación se instrumentará por resolución del señor presidente de este Tribunal”, aclaró el documento.
“Las medidas aquí dispuestas buscan garantizar la publicidad, maximizar la transparencia y los restantes derechos ciudadanos y deberes estatales asociados al acceso a la información judicial, impuestos constitucional, convencional y legalmente”, concluyeron los jueces.
La decisión fue adoptada la presidencia de la Suprema Corte de Justicia, en cabeza del juez Daniel Soria mediante Resolución RP Nº 185/25 la cual modifica el artículo 3º de la Resolución RP Nº 1651/2