05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

Manotazo de ahogado: el fallo

Diariojudicial.com publica hoy el fallo completo por el cual la justicia de La Pampa condenó a la Municipalidad de Intendente Alvear y a Vialidad Provincial a indemnizar en una suma superior a los 500 mil pesos, a los propietarios de un establecimiento rural anegado por la inundación. FALLO COMPLETO

 
La decisión la tomó el juez Alejandro Pérez Ballester, titular del juzgado Civil N° 2 de General Pico, La Pampa, quien entendió en los autos “Dellacasa Omar y otro C/ Municipalidad de Intendente Alvear y otra S/ daños y perjuicios” que los hermanos Omar y Etelvino Dellacasa debían ser indemnizados por los daños sufridos en el predio rural “La Querencia”, a causa de la inundación que dejó 77 hectáreas “totalmente inutilizadas y degradadas aún cuando la zona fue afectada por la peor sequía que se recuerde en la historia de Provincia de La Pampa”.

Los actores expresaron que fueron perjudicados por obras emprendidas por la Municipalidad de Intendente Alvear conjuntamente con la Dirección Provincial de Vialidad, quienes procedieron a construir dos canales por los cuales se canalizó gran cantidad de agua provocando una importante inundación en el predio.

De las constancias de la causa, surge que la parte afectada del predio de Dellacasa funciona como cuenco receptor del agua que es enviada desde el casco urbano de la localidad de Intendente Alvear, comunicado mediante tres grandes alcantarillas con el predio que originalmente adquirió la Municipalidad para derivar los efluentes cloacales, masa líquida que será mayor cuando al sector se comience a derivar dichos desperdicios.

Destacan que el predio no está obligado a recibir las aguas que se le están enviando, atento que éstas no descienden naturalmente sino por la obra del hombre y que por las obras realizadas el agua no deja de correr hacia el campo, destacando que se ha construido cantarillas sobre la ruta N° 2 para que el agua pase de un lado al otro, y afirman que los daños se agravarán con el paso del tiempo.

Al respecto, precisó el magistrado que si bien el campo de Omar Dellacasa “es de excelente calidad”, entendió que la pretensión de daño moral “no corresponde que sea indemnizada”, como tampoco la solicitud de daño patrimonial futuro estimado sobre 80 has, aunque sí hizo lugar a la demanda por la suma total de 495.061,75 pesos, “monto ya expresado con intereses calculados hasta el día 31/10/2003”, monto al que “se le adicionen los intereses de la tasa mixta de actual uso judicial a partir del 01/11/2003 hasta la fecha de su efectivo pago”, que “recién podrá ser ejecutado por el actor después de transcurridos tres meses (días corridos según calendario) de que la sentencia haya quedado firme”.

En su fallo, Pérez Ballester concluyó que un área de 77 hectáreas de ‘La Querencia’ está afectada teniendo en cuenta que el intendente aceptó la responsabilidad comunal junto a Vialidad Provincial, condenando por ello a la Municipalidad y al organismo vial a indemnizar a los Dellacasa, tasando cada una de las hectáreas en 1.600 dólares.

“En razón de lo explicado y atento que para el actor en la practica significa la pérdida total y en forma definitiva de la parte afectada de su campo, entiendo justo y razonable que las partes codemandadas en concepto de indemnización abonen al Sr. Omar Dellacasa el costo real y actual de todas las hectáreas afectadas, decisión que a su vez importa el traspaso de la propiedad de esas hectáreas afectadas a la Municipalidad de Intendente Alvear”, explicó el magistrado.En tanto, Pérez Ballester prohibió a los accionantes, peritos y abogados, trabar embargo sobre las cuentas comunales por los 876.364 pesos ahora adeudados por el municipio y Vialidad provincial, hasta tanto el fallo no quede firme por la Cámara, caso en el que las 77 hectáreas en litigio podrán ser escrituradas a nombre de la Municipalidad de Intendente Alvear.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486