Los actores expresaron que fueron perjudicados por obras emprendidas por la Municipalidad de Intendente Alvear conjuntamente con la Dirección Provincial de Vialidad, quienes procedieron a construir dos canales por los cuales se canalizó gran cantidad de agua provocando una importante inundación en el predio.
De las constancias de la causa, surge que la parte afectada del predio de Dellacasa funciona como cuenco receptor del agua que es enviada desde el casco urbano de la localidad de Intendente Alvear, comunicado mediante tres grandes alcantarillas con el predio que originalmente adquirió la Municipalidad para derivar los efluentes cloacales, masa líquida que será mayor cuando al sector se comience a derivar dichos desperdicios.
Destacan que el predio no está obligado a recibir las aguas que se le están enviando, atento que éstas no descienden naturalmente sino por la obra del hombre y que por las obras realizadas el agua no deja de correr hacia el campo, destacando que se ha construido cantarillas sobre la ruta N° 2 para que el agua pase de un lado al otro, y afirman que los daños se agravarán con el paso del tiempo.
Al respecto, precisó el magistrado que si bien el campo de Omar Dellacasa “es de excelente calidad”, entendió que la pretensión de daño moral “no corresponde que sea indemnizada”, como tampoco la solicitud de daño patrimonial futuro estimado sobre 80 has, aunque sí hizo lugar a la demanda por la suma total de 495.061,75 pesos, “monto ya expresado con intereses calculados hasta el día 31/10/2003”, monto al que “se le adicionen los intereses de la tasa mixta de actual uso judicial a partir del 01/11/2003 hasta la fecha de su efectivo pago”, que “recién podrá ser ejecutado por el actor después de transcurridos tres meses (días corridos según calendario) de que la sentencia haya quedado firme”.
En su fallo, Pérez Ballester concluyó que un área de 77 hectáreas de ‘La Querencia’ está afectada teniendo en cuenta que el intendente aceptó la responsabilidad comunal junto a Vialidad Provincial, condenando por ello a la Municipalidad y al organismo vial a indemnizar a los Dellacasa, tasando cada una de las hectáreas en 1.600 dólares.
“En razón de lo explicado y atento que para el actor en la practica significa la pérdida total y en forma definitiva de la parte afectada de su campo, entiendo justo y razonable que las partes codemandadas en concepto de indemnización abonen al Sr. Omar Dellacasa el costo real y actual de todas las hectáreas afectadas, decisión que a su vez importa el traspaso de la propiedad de esas hectáreas afectadas a la Municipalidad de Intendente Alvear”, explicó el magistrado.En tanto, Pérez Ballester prohibió a los accionantes, peritos y abogados, trabar embargo sobre las cuentas comunales por los 876.364 pesos ahora adeudados por el municipio y Vialidad provincial, hasta tanto el fallo no quede firme por la Cámara, caso en el que las 77 hectáreas en litigio podrán ser escrituradas a nombre de la Municipalidad de Intendente Alvear.