22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Una buena para Matilde

La Cámara Federal revocó un procesamiento contra la ex interventora del PAMI Matilde Menéndez, por falso testimonio en el juicio oral y público por el atentado contra la AMIA.

 
La Sala II de la Cámara Federal revocó una resolución dictada en primera instancia por el juez federal Jorge Urso y se dispuso que se dicte la “falta de mérito” de la ex interventora del PAMI Matilde Menéndez en una causa por falso testimonio al declarar en el juicio oral a la supuesta “conexión local” del caso AMIA.

El 11 de marzo del año pasado, Menéndez fue interrogada bajo juramento por el Tribunal Oral Federal 3 sobre una conversación telefónica que el 4 de abril de 1997 mantuvo con el abogado Mariano Cúneo Libarona, por entonces defensor del ex policía Juan José Ribelli, acusado como “partícipe necesario” del atentado.

Poco tiempo después, estalló el escándalo por el video que desapareció del despacho del juez Juan José Galeano, donde se registraba una conversación del magistrado con otro acusado, el reducidor de autos Carlos Telleldín. Como el vídeo volvió al juzgado de la mano del propio Ribelli, él y Cúneo terminaron procesados por “coacción”.

En la charla telefónica que mantuvo con el defensor la ex interventora le preguntaba al abogado qué había hecho “el muchacho” (presuntamente Ribelli) con el “elemento en cuestión” (el video).

Al dar explicaciones sobre esa conversación ante el Tribunal la ex interventora del PAMI dijo que se trató de un “diálogo sordo” porque él hablaba de una cosa y ella de otra.

“Yo usaba una manera eufemística para hablar de los problemas de Cúneo, no me puedo acordar por qué le dije lo que le dije” dijo Menéndez en el juicio oral, pero no convenció a los jueces y quedó detenida una noche.

Luego, el juez Urso la procesó, pero ahora los camaristas de la Sala II indicaron que del fallo de Urso “no se desprende el valor meritorio queasigna al testimonio” de la mujer y agregaron que “la escasa prueba resulta insuficiente” para el dictado del procesamiento.

Para los camaristas “ninguno de los dos entendió demasiado al otro” en la escucha teléfonica cuestionada. “Si bien la conversación genera dudas en torno a su conocimiento sobre el tema tratado no menos cierto es que, al menos a esta altura, tal extremo no ha permitido avanzar más allá del grado de sospecha que generó su llamado a indagatoria", indicaron.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486