20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Un arrepentimiento sin consecuencias jurídicas

Un tribunal español condenó a un hombre que estaba acusado de maltratar a su pareja, a pesar de que esta se presentó ante la justicia para retirar la denuncia que había interpuesto en su contra. Consideró que el perdón expresado estaba condicionado por el hecho de que se había reanudado la convivencia entre ambos.

 
La medida la tomó la Audiencia de Barcelona cuerpo que condenó al hombre a cuatro años y medio de cárcel, por maltratar a su a pareja, sin tomar en cuenta que la ocasional víctima había pedido la libertad del agresor.

El fallo condenatorio estimó que las declaraciones iniciales de la víctima fueron "creíbles" dado que "fueron vertidas con la espontaneidad propia de la inmediación temporal de los graves hechos ocurridos", pero dudó del perdón expresado por la víctima posteriormente, ya que entendieron que podría estar "condicionado" por el "ánimo" de exculpar al acusado con quien había reanudado la convivencia.

Los hechos se dieron cuando el denunciado agredió a su novia y la amenazó con una navaja, luego de que se produjera una discusión entre ambos, que culminó en los sucesos que motivaron el inició de las acciones.

Según se ventiló en la causa en esos momentos, el 22 de junio de 2003, la pareja se encontraba separada y el acusado, de origen marroquí, hostigaba a su mujer con el fin de volver a iniciar la relación sentimental entre ambos.

La mujer presentó la denuncia, pero no se presentó a ratificarla en el juzgado en agosto de 2003, debido a la situación de temor que estaba viviendo, y un mes más tarde, en septiembre, acudió al juzgado para retirar la denuncia contra su marido, asegurando que le perdonaba y que quería que lo pusieran en libertad.

Pero, el procedimiento judicial siguió su curso y ha concluido con la condena de cuatro años y medio de cárcel contra el acusado, por violencia habitual, lesiones y detención ilegal.



dju / dju
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