Para los diputados, las medidas cautelares interpuestas por la empresa fuero resueltas en flagrante violación a lo dispuesto por la Constitución Nacional, en perjuicios de los usuarios de los servicios que presta la concesionaria.
La cuestión se planteó a partir de la decisión del gobierno, que en mayo pasado rescindió mediante el decreto 798/04 el contrato con Metropolitano para la concesión de la línea San Martín, que une Retiro con la localidad bonaerense de Pilar, por las deficiencias en el servicio, y dispuso que la operación del ramal la realizarán las otras concesionarias de trenes.
A raíz de ello la empresa interpuso una medida cautelar pidiendo la inconstitucionalidad del decreto que recayó ante el juzgado contencioso administrativo federal a cargo de Rodríguez Vidal quien hizo lugar a la medida, quedando la rescisión en suspenso hasta su resolución de fondo por lo que el servicio volvió a ser operado por Metropolitano. También citó a una audiencia a las autoridades de la Secretaría de Transporte para que explicaran las razones del decreto, que en lugar de presentarse contestaron por escrito.
Posteriormente la magistrada ratificó la medida y rechazó un recurso de revocatoria presentado por el Estado Nacional. Sin embargo hizo lugar al recurso de apelación y elevó a la Cámara el expediente pero con "efecto devolutivo" (el gobierno había planteado que la misma sea concedida con "efecto suspensivo") lo que le permite a Transportes Metropolitanos seguir operando el servicio ferroviario. El fallo ahora está a estudio de la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.
"El Estado tiene las atribuciones para poder caducar un contrato y llamar a otra licitación y mientras tanto darle a otra empresa la concesión", expresó Fernández al rechazar los argumentos del pedido de inconstitucionalidad del decreto. Además, aclaró que "a la empresa le asistía en todo caso el derecho de un juicio contra el Estado pero no un amparo, que deja a los usuarios en una situación de indefensión".
Otro pedido de inconstitucionalidad contra el decreto fue presentado ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal, a cargo de Marinelli, por una asociación de protección de usuarios de servicios públicos, que al momento de la decisión favorable al planteo no tenía personería jurídica, aclaró Fernández. En este caso, para promover el juicio político los diputados esgrimen los mismos argumentos que en la actuación de Rodríguez Vidal.
"Me resisto a creer que (los jueces) hayan realizado una ponderada evaluación de los hechos y el derecho para llegar a la arbitraria decisión de acoger los amparos interpuestos", concluyó Fernández.