20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Criterios opuestos

La Cámara Contencioso Administrativo Federal podría verse en una difícil situación si tramitaran en salas distintas las resoluciones dictadas en primera instancia que trataron de forma dispar la quita de la concesión del ex ferrocarril San Martín. Una resolución beneficia al Estado mientras que la otra a Transporte Metropolitanos.

 
Desde el tribunal de alzada expresaron que si los recursos de apelación presentado por las partes llegaran a tramitar en salas distintas se estaría cerca de un caso posible e inusual de resoluciones contradictorias sobre medidas cautelares, si por ejemplo cada tribunal confirma los resuelto por los magistrados inferiores.

La situación se dio cuando se conoció que el juez Sergio Fernández dictó un fallo en el que avaló el decreto y la resolución de la Secretaría de Transportes, que dispuso quitarle la concesión a Transportes Metropolitanos (TM) , contradiciendo de ese modo a la juez del mismo fuero Claudia Rodríguez Vidal, quien ya había dictado una medida cautelar por el mismo tema en el sentido contrario.

Fuentes consultadas destacaron que la Sala IV de la Cámara -sorteada para intervenir en la causa resuleta por Rodriguez Vidal- podría pedir el expediente de Fernández para abocarse a su estudio una vez que esté en condiciones de ser elevado, aunque puede suceder que el mismo sea sorteado y recaiga en otro tribunal de alzada. Aquí existirían las siguientes posibilidades: que el incidente fuera remitido por la Sala sorteado a la Sala IV, o bien que en su defecto se continuara instruyendo por separado lo que podría provocar un difícil escollo judicial por superar.

Si se diera el caso de que dos Salas resuelvan de modo distinto la cuestión se generaría una más que rara situación ya que al tratarse de medidas cautelares tampoco se podría convocar un acuerdo plenario, dado que en éstos sólo se resuelven los fondos de las causas.

Por otro lado, voceros consultados explicaron que se podría entender que la medida que tiene valor actualmente es la de Rodríguez Vidal ya que en ese expediente figuraban ambas partes interesadas -tanto TM como el Estado Nacional- y por el contrario en el fallo de Fernández se rechazó el pedido de una entidad de usuarios, la cual no estará a priori vinculada al conflicto. Como se ve una cuestión difícil que deberá ser superada.



dju / dju
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