28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Desarraigados a medias

El Consejo de la Magistratura aprobó un nuevo régimen de desarraigo. El beneficio sólo alcanzará a los consejeros, jueces del Jury y empleados sin estabilidad en el cargo que tengan domicilio a más de 100 km de su trabajo. Sin embargo, no se contempló el proyecto original y quienes actualmente lo perciben seguirán cobrando el adicional.

 
El Consejo aprobó un nuevo régimen de desarraigo y a partir de ahora sólo obtendrán el beneficio los consejeros, miembros del Jurado de Enjuiciamiento, representantes del interior del país, y empleados sin estabilidad en el cargo que tengan su domicilio habitual a más de 100 km. Si bien el proyecto original establecía que no lo cobren los empleados de planta permanente que actualmente lo hacen, el nuevo reglamento se aplicará para el futuro.

A través del polémico régimen de desarraigo se le otorga un beneficio del 35% del sueldo a los funcionarios y empleados de las dependencias del Consejo de la Magistratura que denuncian un domicilio a más de 100 km. del lugar de trabajo. El objetivo es “compensar los mayores gastos en que incurren quienes provienen del interior del país, cuando su residencia de origen –al momento de su designación- se encuentre a una distancia superior a los 100 km. de la Capital Federal”.

A partir de ahora sólo cobraran desarraigo los consejeros y miembros del Jurado de Enjuiciamiento y los funcionarios o empleados de estos cuerpos que no tengan estabilidad en el cargo con residencia a mas de 100 km. de su lugar de trabajo. Los que quedan afuera del beneficio son los agentes asignados a la Secretaría General, a la Administración General del Poder Judicial y a las Comisiones del Consejo de la Magistratura, y oficinas permanentes del Jurado de Enjuiciamiento que ingresen en el futuro, “con excepción de los agentes que, en dichas dependencias, lo perciben actualmente” dice el artículo primero.

El proyecto fue presentado por la consejera y diputada del ARI Marcela Rodríguez y establecía quitarle el desarraigo a los empleados que actualmente lo cobran. “Nosotros planteábamos que rija en la actualidad para la gente que esta en la planta del Consejo, que ha optado por vivir en la ciudad de Buenos Aires, tiene un trabajo estable y no se justifica el desarraigo. Es distinta la situación de los consejeros que vienen sólo por 4 años” le explicó Rodríguez a DiarioJudicial.com.

Además, la diputada señaló que el desarraigo “menos se justifica para quienes tienen un contrato de locación de servicios sobre todo porque tampoco se esta aceptando nuestra propuesta de que no puedan ejercer la profesión”. Sobre este punto explicó que “tendríamos personas que eligen estar en otras provincias para ejercer su profesión y ganar plata como abogados. Además del sueldo que reciben aquí le tendríamos que estar pagando adicionalmente el desarraigo. Es decir, le pagamos para que vayan a pleitear en una provincia y ganar plata. Esto la verdad que no tiene ningún sentido”.

El nuevo régimen fija mayoras requisitos para obtener el desarraigo, de los que están exceptuados de cumplirlos los consejeros y miembros del Jurado de Enjuiciamiento. Se deberá acreditar que el domicilio que figura en el DNI está a más de 100 km. del Consejo o del Jurado, presentar un servicio público a su nombre, de su cónyuge o con quien viva en el que conste el domicilio y justificar los gastos que le signifiquen vivir a más de 100 km. de su domicilio.



dju / dju
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