20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Amigos eran los de antes

Desde el mes de noviembre del año pasado la Corte Suprema de Justicia de la Nación no ha puesto a consideración de los amicus curiae nuevos casos. Si bien la creación de la institución fue un paso importante para la democratización de la Corte, actualmente es como si no existiera.

 
Hace ya casi cinco meses que la Corte Suprema de Justicia de la Nación no propone nuevos casos a los amicus curiae. Este silencio resulta llamativo si se tiene en cuenta que en los primeros meses de su creación se publicaban de uno a tres expedientes mensuales. Podría ser consecuencia del mal uso del sistema por parte de los ciudadanos opinantes.

El amicus curiae es una institución por la cual un ciudadano con conocimientos probados sobre la materia pueda opinar sobre un caso determinado de relevancia pública y social, a los efectos de enriquecer las argumentaciones de los jueces de la Corte.

Este sistema tardó en ser implementado y tuvo resistencias dentro de la propia Corte. Desde el año 2004 el Máximo Tribunal había redactado un reglamento para poner en funcionamiento el sistema, acordada 28/2004, pero en el mismo instrumento los por entonces jueces Belluscio y Vázquez, y uno de los actuales jueces, Carlos Fayt, expresaron su oposición y negativa.

En esa ocasión argumentaron que la Corte Suprema de Justicia de la Nación no tenía competencia para dictar normas de ese tipo, y que al ser una modificación al procedimiento del recurso extraordinario federal debía ser regulado por el Congreso de la Nación mediante una ley.

Con el paso del tiempo y de los jueces, la institución vio la luz. Entre junio y agosto del 2006 se pusieron a consideración los expedientes ”Juplast S.A. c/ Estado Nacional y AFIP s/amparo” y ”Facultad de Ciencias Médicas U.N.L.P. c/ Universidad Nacional de La Plata s/ nulidad actos administrativos - MC - art. 32 ley 24521”.

En septiembre arremetieron con tres expedientes, uno de ellos fue luego finalmente resuelto, al poco tiempo, por la Corte Suprema a favor de los solicitantes: ”Asociación Lucha por la Identidad Travesti Transexual c/ Inspección general de Justicia”, ”AABA c/ Estado Nacional - ley 26.080 s/amparo-ley 16.986” e ”Editorial Rio Negro S.A. c/Neuquén, Provincia del s/ amparo”.

A partir de octubre comenzaron las irregularidades, ya que durante ese mes no se dio a conocer ningún expediente nuevo. El primero de noviembre la Corte dio a conocer su decisión de rechazar dieciséis presentaciones en el primer expediente: “Juplast”.

Sostuvo el Máximo Tribunal, que los rechazados estaban utilizando la institución de manera diferente a la que fue creada, ya que en vez de dar su visión objetiva, como si fueran ellos mismos los jueces, apoyaban a una u otra parte de acuerdo a conveniencias particulares.

Así un abogado que tenía causas similares tramitando ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dio una opinión que, aplicada a su caso y transformándose en doctrina de la Corte, le sería de gran utilidad para sus clientes.

En vez de una herramienta de democratización y enriquecimiento de la Corte, fue utilizado como un medio de “lobbie” formal en el cual ya no era necesario dirigirse a los despachos de los jueces para tratar de conseguir una audiencia, sino que con una presentación escrita bastaba.

Esta actitud fue reprochada duramente por los magistrados y, como una suerte de segunda oportunidad, pusieron a disposición dos nuevos casos: ”Mazzeo, Julio Lilo y otros s/recurso de casación e inconstitucionalidad” y ”Patti, Luis Abelardo s/ promueve acción de amparo c/ Cámara de Diputados de la Nación”.

Tras esos casos no se incluyeron nuevos, y tras cinco meses todavía no hay información sobre las razones por las que la Corte a prescindido de dicho medio de comunicación e intercambio de ideas con el exterior del Palacio de Tribunales.

Sobre dicha cuestión se le indagó a representantes de la Asociación por los Derechos Civiles, los cuales fueron los impulsores dentro de la Corte del instituto del amicus curiae, los cuales mantenían la misma perplejidad que nosotros sobre este fenómeno.

Si bien se estaba actualizando la página de internet y migrando los archivos a otro servidor, el amicus curiae permanece ajeno a cualquier actualización. En dicha ocasión no dejaron de destacar que la creación del instituto, per se es un avance respecto de lo anterior.

Lo democrático o no de una institución depende de las personas que las ponen en práctica. No es lo mismo para los jueces leer opiniones fundadas técnicamente que dan argumentos para admitir o no el recurso, a tener que leer hojas y hojas de “propaganda” a favor de alguna de las partes las cuales tienen el mismo efecto que el ”spam”.



dju / dju
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