Los tres poderes de la provincia de Neuquén están trabajando para reformar el Código Procesal Civil local con la
intención de incorporar progresivamente la oralidad al proceso. En tal marco, el Tribunal Superior de Justicia presentará el próximo jueves las bases del anteproyecto de reforma y allí también representantes de distintos sectores del ámbito judicial, disertarán sobre el tema.
El juez de la Cámara Civil y Comercial neuquina, Federico Gigena Basonbrío, destacó que el nuevo código tendrá como eje central la realización de juicios por audiencias. El objetivo es cumplir con el mandato del artículo 238 de la Constitución provincial, que establece que se propenderá gradualmente a la oralidad.
“Queremos un proceso que respete el principio dispositivo, con un juez imparcial que no aporte hechos, ni pruebas”, dijo Gigena Basombrío, que no está de acuerdo con que los magistrados dicten medidas de mejor proveer. El camarista también señaló que la idea es “simplificar los juicios lo más acotado posible”, pero con la precaución de saber que “la rapidez no puede llevarnos a violar procesos de defensa”.
Haciendo hincapié en el rol del juez, agregó que éste “debe respetar a las partes y el trabajo de los abogados, porque no es él, que debe impulsar el proceso”. De modo que la “bilateralidad es un principio básico que debe respetarse siempre” para asegurar el principio dispositivo que impera el proceso civil.
Las bases del anteproyecto de reforma del Código Procesal Civil fueron elaboradas por magistrados y funcionarios del Poder Judicial de Neuquén, que trabajaron durante el transcurso del año 2006. Luego fueron giradas al Poder Ejecutivo y Legislativo, al Colegio de Abogados y a la Asociación de Magistrados. “Es un trabajo con voces discrepantes, aprobado por el Tribunal Superior y que sienta las pautas generales de la reforma que se quiere alcanzar”, destacó Gigena Basombrío.
Según explicó el magistrado, la intención es que el proceso tenga dos audiencias que se desarrollen con la presencia del juez: en una se deben fijar los hechos, la imputación y determinar cuales pruebas serán procedentes. En la segunda se dará lugar a la exposición de aquellas y a la presentación de los informes periciales, donde las partes podrán consultar al profesional sobre el dictamen.
La otra novedad sería que la posibilidad de alcanzar una mediación en la primera audiencia no sería llevada adelante por el juez. La intención de ello es afirmar la imparcialidad del juez y evitar que éste de una opinión sobre el caso anticipadamente.
Por otro lado, en relación a los aspectos más generales, la reforma también busca respetar el acceso irrestricto a la justicia, contemplando la gratuidad de los trámites y la asistencia letrada para aquellos que carezcan de recursos suficientes.
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